Uno de los aspectos más controvertidos de esta ley es el cambio del carácter temporal del licenciamiento, por uno permanente, con lo cual las universidades públicas y privadas ya no pasarán por procesos de renovación de sus licencias que las autorizan a funcionar.
Antes de la aprobación de dicha ley, el CNE emitió su opinión técnica que fue remitida oportunamente al Congreso de la República en la que subrayó la necesidad de garantizar la calidad de la las instituciones de educación superior universitaria vinculando el licenciamiento permanente con procesos de acreditación a cargo del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace), organismo estatal reorganizado y en pleno funcionamiento, encargado de garantizar a la sociedad que las instituciones educativas ofrezcan un servicio de calidad.
El presidente del CNE destacó que, en países como Chile, el licenciamiento inicial es seguido por un proceso de acreditación que asegura la mejora continua de la calidad de las instituciones educativas. Por ello, recomendó que Perú avance hacia la acreditación y el fortalecimiento del Sineace y el establecimiento de criterios, estándares y procesos de autoevaluación y evaluación externa que conducen al mejoramiento permanente de la calidad educativa.
Lescano, con la experiencia obtenida al haber integrado en el pasado el Consejo Superior del Sineace, lamentó que la nueva ley aprobada no haya incorporado las recomendaciones brindadas en la opinión técnica del CNE y reitera que la acreditación es el pilar principal del sistema de aseguramiento de la calidad ya que instala en las universidades y sus comunidades internas la cultura de la mejora continua de la calidad educativa.
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