Aprueban modificación del Cronograma de Pagos en agencia del año 2024
RESOLUCIóN DE DIRECCIóN EJECUTIVA N° D000084-2024-MIDIS/P65-DE
San Isidro, 20 de septiembre de 2024
VISTOS:
El Acta N° 00002-2024-MIDIS/PENSION65/GTGRD; el Informe N° D000338-2024-MIDIS/P65-UO y el Informe N° D000205-2024-MIDIS/P65-UAJ emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM y modificatorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" con la finalidad de otorgar subvenciones económicas a los adultos en condición de extrema pobreza a partir de los 65 años que cumplan los requisitos de la norma;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2020-MIDIS se modifica el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, que crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", se incorpora el numeral 4.6 a su artículo 4, el mismo que establece el mecanismo de cobro autorizado de la subvención económica que otorga este Programa Nacional, el cual es aprobado mediante Resolución Directoral para el caso de usuarios y usuarias con deterioro de su capacidad funcional propios de la etapa de vida adulta mayor o debido a accidentes, siempre que puedan manifestar su voluntad y/o de aquellos que se encuentren en situación de discapacidad que les dificulte el desplazamiento al punto de pago de la subvención económica. Asimismo, se incorpora el numeral 4.7 al referido artículo, el cual regula la figura de la autorización;
Que, con Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", cuyo artículo 5° establece como objetivos de la entidad: a) Diseñar e implementar servicios de calidad orientados a brindar protección social a los adultos mayores a partir de los sesenta y cinco años de edad, facilitando el incremento de su bienestar; y b) Fortalecer la articulación intersectorial e intergubernamental orientada a la implementación de servicios sociales de apoyo a sus usuarios;
Que, asimismo se tiene como una de las funciones de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional, de acuerdo con lo estipulado en el referido Manual de Operaciones en el Art. 9° literal a): "Organizar, dirigir y supervisar la gestión del programa, así como evaluar el cumplimiento de sus objetivos y planes, en el marco de la normatividad vigente";
Que, estando a lo dispuesto de lo establecido en el literal h) del Art. 9° se tiene además que otra de las funciones de la Dirección Ejecutiva es la de: "Aprobar, modificar y derogar las directivas, reglamentos y otras normas técnico-operativas o administrativas internas que requiera el Programa Nacional para su funcionamiento, de acuerdo con las políticas sectoriales y lineamientos que establezca el MIDIS";
Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000004-2024-MIDIS/P65-DE de fecha 09 de enero de 2024, se aprueba el "Cronograma de Pagos del año 2024 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" para la entrega de la Subvención Económica;
Que, mediante Acta N° 00002-2024-MIDIS/PENSION65/GTGRD de fecha 19 de septiembre de 2024 se lleva a cabo la reunión extraordinaria del Grupo de trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" la misma que toma como acuerdos: 1) "Adelantar el cobro de la subvención correspondiente al quinto RBU del 2024 para que se haga efectivo desde el 24 de septiembre"; y. 2) "Desarrollar las coordinaciones con el Banco de la Nación para integrar pagos vía ETV en determinados puntos de pago en las UT que lo soliciten y otras medidas de atención a usuarios que se estimen pertinentes";
Que, mediante Decreto Supremo N° 097-2024-PCM, se declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, San Martín y Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de incendios forestales;
Que, mediante Informe N° D000338-2024-MIDIS/P65-UO de fecha 19 de setiembre de 2024, emitido por la Unidad de Operaciones, señala en el punto 2.4 que ha revisado las actividades previas para la elaboración de la Relación Bimestral de Usuarios y ha elaborado la propuesta de cronograma;
Que, asimismo debemos tener en consideración lo señalado por Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, pues señala en el Art. IV numeral 1.1 el Principio de legalidad: "Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas". En tal sentido, corresponde tomar en consideración las medidas dictadas por el gobierno de manera excepcional dictadas mediante Decreto Supremo N° 097-2024-PCM;
Que, mediante Informe N° D000205-2024-MIDIS/P65-UAJ de fecha 20 de setiembre de 2024, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la emisión del acto resolutivo que modifica el Cronograma de Pagos del año 2024 Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", al estar conforme a las normas de la materia;
Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con los visados del Jefe de la Unidad de Operaciones y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM y modificatorias; Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo N° 097-2024-PCM, que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, San Martín y Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de incendios forestales y, la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; y;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación del Cronograma de Pagos en agencia del año 2024, quedando según el cuadro que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Notificar el presente acto resolutivo a la Unidad de Operaciones a efectos que realice las coordinaciones que correspondan para la puesta en conocimiento del presente acto resolutivo a las partes interesadas y demás fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Comunicación e Imagen de este Programa Nacional proceda a publicarlo en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65":
Regístrese y comuníquese.
JULIO MENDIGURE FERNANDEZ
Director Ejecutivo
Programa Nacional de Asistencia Solidaria
Pension65
PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA "PENSIÓN 65"
N° | PERIODO | FECHA DE INICIO DE PAGO EN AGENCIA | FECHA DE INICIO DE PAGO EN TRANSPORTADORA |
1 | ENERO-FEBRERO | Lunes, 19 de febrero de 2024 | Martes, 12 de marzo de 2024 |
2 | MARZO-ABRIL | Lunes, 15 de abril de 2024 | Martes, 14 de mayo de 2024 |
3 | MAYO-JUNIO | Lunes, 10 de junio de 2024 | Viernes, 12 de julio de 2024 |
4 | JULIO-AGOSTO | Lunes, 12 de agosto de 2024 | Jueves, 12 de septiembre de 2024 |
5 | SETIEMBRE-OCTUBRE | Martes, 24 de septiembre de 2024 | Martes, 12 de noviembre de 2024 |
6 | NOVIEMBRE-DICIEMBRE | Lunes, 2 de diciembre de 2024 | Martes, 14 de enero de 2025 |
[El Peruano: 21/09/2024]
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