Además, el MTPE recomienda priorizar el teletrabajo para salvaguardar la seguridad de los trabajadores y aplicar las medidas previstas en la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo y su Reglamento. En los casos donde no sea posible el trabajo remoto, las empresas deberán permitir el ingreso de sus empleados con la tolerancia establecida, compensando posteriormente el tiempo de demora de acuerdo a lo que se acuerde entre ambas partes.
Recomendaciones del MTPE a empleadores
El comunicado también señala que las medidas deben ajustarse a la situación particular de cada trabajador y que el tiempo adicional no debe ser considerado como tardanza injustificada ni motivo de sanciones disciplinarias. En caso no se llegue a un acuerdo sobre cómo compensar el tiempo de demora, será el empleador quien determine el mecanismo de recuperación.
El MTPE enfatiza la necesidad de actuar con flexibilidad y consideración en situaciones de emergencia como la actual, donde la movilidad de los trabajadores se ve afectada. La finalidad es asegurar la integridad del personal y evitar sanciones por circunstancias ajenas a su control.
Teletrabajo como medida principal
La entidad sugiere que el teletrabajo se utilice como primera opción, conforme lo estipula la Ley del Teletrabajo, para que los trabajadores puedan desarrollar sus actividades de manera segura desde sus hogares, siempre y cuando la naturaleza de las funciones lo permita.
Finalmente, el Ministerio de Trabajo reitera su compromiso de velar por la seguridad de los trabajadores y garantizar el cumplimiento de las normas laborales, exhortando a los empleadores a mantener un diálogo abierto y a buscar acuerdos que favorezcan tanto a la empresa como a los trabajadores durante este tipo de situaciones.
COMUNICADO 📢
- Ministerio de Trabajo (@MTPE_Peru) September 26, 2024
Sobre las situaciones particulares ocurridas en el transporte público. pic.twitter.com/uWoHtDnqL4
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