Modifican la "Definición de metas de cumplimiento y evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley N° 31912", contenida en el Anexo N° 1 de la Res. N° 000020-2024-SERVIR-GDGP
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000142-2024-SERVIR-PE
Lima, 31 de octubre de 2024
VISTO: El Informe Técnico N° 000005-2024-SERVIR-GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; el Informe Técnico Nº 001518-2024-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; y, el Informe Legal N° 000497-2024-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil;
Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1023, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos;
Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas; entre ellos, el subsistema de organización del trabajo y su distribución, que define las características y condiciones del ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas; el subsistema de gestión del empleo, que incorpora el conjunto de políticas y prácticas de personal destinadas a gestionar los flujos de servidores en el referido sistema, desde su incorporación hasta su desvinculación; y el subsistema de gestión del rendimiento, que identifica, reconoce y promueve el aporte de los servidores civiles a los objetivos y metas institucionales, dejando evidencia de sus necesidades para mejorar el desempeño en sus puestos y, como consecuencia de ello, de las entidades públicas;
Que, el Decreto de Urgencia N° 002-2023, aprobó medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y financiera, para impulsar la reactivación económica en el ámbito sectorial, regional y familiar a través de la inversión pública y gasto corriente; entre las cuales, se encuentran los artículos 3 y 4 referidos al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos - SAGRH;
Que, la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas; establece, entre otros, en los artículos 60 y 61, disposiciones referidas al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos - SAGRH;
Que, el numeral 61.1 del artículo 61 de la Ley N° 31912, autoriza, a partir del año 2024, la contratación de servidores públicos de alto rendimiento en los gobiernos regionales y los gobiernos locales priorizados, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) establecido por el Decreto Ley 25650; asimismo, el numeral 61.2 del citado artículo, precisa que dichos contratos se suscriben previa opinión favorable de SERVIR, respecto a la verificación del cumplimiento del perfil, asimismo se dispone que se encuentran sujetos a evaluación periódica de acuerdo con lo que disponga SERVIR, lo que condiciona su renovación. Para tal efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas, a solicitud de SERVIR, establece las metas de cumplimiento, la verificación y la evaluación correspondiente;
Que, adicionalmente, el numeral 61.3 del artículo 61 de la Ley N° 31912, establece que mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas y Resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR, se dictan las normas complementarias que resulten necesarias para la implementación del referido artículo 61; por último, el numeral 61.4 del artículo 61 de la referida Ley N° 31912, dispone que dicho artículo 61 se aplica al personal contratado en el marco del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 002-2023;
Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N° 31912, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000020-2024-SERVIR-PE se aprueba, la definición de metas de cumplimiento y evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley N° 31912; y los indicadores, metas de cumplimiento, criterios de verificación y periodicidad de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley N° 31912; conforme a los Anexos Nos. 1 y 2 que forman parte integrante de dicha Resolución de Presidencia Ejecutiva;
Que, mediante Informe Técnico N° 000005-2024-SERVIR-GDGP, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública propone recalibrar el puntaje mínimo de aprobación del sistema de calificación consignado en el numeral 4.11 del Anexo N° 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000020-2024-SERVIR-PE; señalando que dicha modificación se justifica en que las puntuaciones en el sistema de evaluación implican una mejora frente al histórico de ejecución presupuestal destinado a la inversión pública; y, que el puntaje mínimo propuesto permite una evaluación más alineada con las realidades de la gestión institucional manteniendo el objetivo central de la Estrategia Punche Gerentes que es mejorar la ejecución presupuestal de las inversiones, a través de recursos humanos de alto rendimiento, para lo cual es importante la continuidad de los FAG contratados que vienen demostrando resultados de ejecución institucional tangibles, a fin de dar continuidad al trabajo realizado, asegurando que la experiencia adquirida impulse una mejora continua y un incremento sostenido en la ejecución presupuestal en los futuros periodos de evaluación;
Que, a través del Informe Técnico N° 001518-2024-SERVIR-GPGSC la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, señala que la propuesta sustentada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, órgano de línea de SERVIR competente para emitir opinión, está en consonancia con la finalidad de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, de contar con un servicio civil que permita que las entidades públicas alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad, así como con la finalidad de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, de obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro de una mejor atención a las personas; recomendando se continúe con el trámite para su aprobación;
Que, mediante el Informe Legal N° 000497-2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que la propuesta efectuada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, se enmarca en lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N° 31912; como parte de su implementación, por lo que, opina en el sentido que resulta viable su aprobación;
Con el visado de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del Fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas; el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modificatorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y modificatorias; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar la "Definición de metas de cumplimiento y evaluación de los servidores públicos de alto rendimiento contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG), en el marco de la Ley N° 31912", contenida en el Anexo N° 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000020-2024-SERVIR-GDGP, sustituyéndose por el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA
Presidente Ejecutivo
Consejo Directivo
[El Peruano: 07/11/2024]
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