
Resolución Viceministerial que aprueba el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley N° 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la ONP, a aplicarse durante el Año Fiscal 2025
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 005-2024-EF/11.01
Lima, 26 de diciembre de 2024
CONSIDERANDO:
Que, es necesario garantizar la adecuada distribución de los recursos públicos por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, a cargo de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, mediante la aprobación de un Cronograma de Pagos para la atención oportuna de dichos conceptos durante el proceso de ejecución presupuestal y financiera del Año Fiscal 2025;
Que, asimismo, resulta necesario incluir como parte del indicado Cronograma a los pensionistas comprendidos en el régimen del Decreto Ley N° 19990, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional, de acuerdo con la información remitida para tal efecto por el citado organismo mediante el Oficio N° 000689-2024-GG-ONP;
Que, el mencionado Cronograma es aplicable a los pagos que por los indicados conceptos se realizan con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y otras fuentes de financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Jefe de Administración, o quien haga sus veces, es responsable de la adopción de las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el respectivo financiamiento, así como para un eficiente y oportuno proceso de elaboración de las respectivas planillas de pago, que garantice su adecuado cumplimiento;
Que, la aprobación del citado Cronograma de Pagos tiene por finalidad contribuir a una mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones del Estado, por parte de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, así como a una mejor atención en este aspecto a los trabajadores y pensionistas del Sector Público;
De conformidad con los incisos a) y c) del artículo 10 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Cronograma Anual Mensualizado
1.1 Aprobar el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la Oficina de Normalización Previsional, a aplicarse durante el Año Fiscal 2025, el mismo que se detalla en los siguientes Anexos que forman parte de la Resolución Viceministerial:
a) Anexo N° 01: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Remuneraciones para el Año Fiscal 2025, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
b) Anexo N° 02: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 20530) para el Año Fiscal 2025, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
c) Anexo N° 03: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley N° 19990) para el Año Fiscal 2025, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional.
1.2 El Cronograma al que hace referencia el Anexo N° 01 incluye los pagos del personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como otros de carácter periódico y no remunerativo, tales como Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA) y Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (SERUMS), Propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y Policiales, entre otros de similar naturaleza.
1.3 Las obligaciones relacionadas con la Bonificación por Escolaridad y los Aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los Anexos del referido Cronograma, en los meses que corresponda.
Artículo 2.- Responsabilidad
El Cronograma Anual Mensualizado a que se refiere el artículo precedente es aplicable al pago de las obligaciones que por concepto de Remuneraciones y/o Pensiones se realiza con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, así como a otras fuentes de financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Jefe de Administración, o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora, es responsable de adoptar las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el financiamiento que garantice su adecuado y oportuno cumplimiento, así como para el correspondiente registro de las operaciones en el SIAF-SP, bajo responsabilidad.
Artículo 3.- Atención de otras obligaciones relacionadas
3.1 La atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago de Remuneraciones y/o Pensiones, tales como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), Gratificaciones (Régimen Laboral 728), Indemnizaciones o similares, se efectúa en las fechas u oportunidad que señala la legislación aplicable.
3.2 Aquellas Unidades Ejecutoras que cuentan con personal del Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 pueden realizar el pago de los conceptos de Remuneraciones y Gratificaciones de los meses de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender dichos conceptos.
Artículo 4.- Publicación
La presente Resolución Viceministerial y sus anexos se publican en la Sede Digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ MENDOZA
Viceministro de Hacienda (e)
ANEXO 01 | ||||||||||||
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE REMUNERACIONES PARA EL AÑO FISCAL 2025 | ||||||||||||
A CARGO DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES (*) | ||||||||||||
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES | ||||||||||||
SECTORES | ENE | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGO | SET | OCT | NOV | DIC |
Educación (inc. Universidades) | Mar21 | Mié19 | Mié19 | Lun 21 | Mar20 | Mié18 | Jue17 | Mié20 | Mié17 | Lun20 | Mié19 | Mar16 |
Presidencia del Consejo de Ministros | ||||||||||||
Transportes y Comunicaciones | ||||||||||||
Defensa | ||||||||||||
Poder Judicial | ||||||||||||
Ministerio Público | ||||||||||||
Economía y Finanzas | ||||||||||||
Justicia | ||||||||||||
Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras | ||||||||||||
Contraloría General de la República | ||||||||||||
Congreso de la República | ||||||||||||
Agrario y de Riego | ||||||||||||
Energía y Minas | ||||||||||||
Interior | Mié22 | Jue20 | Jue20 | Mar22 | Mié21 | Jue19 | Vie18 | Jue21 | Jue18 | Mar21 | Jue20 | Mié17 |
Desarrollo e Inclusión Social | ||||||||||||
Vivienda, Construcción y Saneamiento | ||||||||||||
Defensoría del Pueblo | ||||||||||||
Salud | Jue23 | Vie21 | Vie21 | Mié23 | Jue22 | Vie20 | Lun21 | Vie22 | Vie19 | Mié22 | Vie21 | Jue18 |
Mujer y Poblaciones Vulnerables | ||||||||||||
Cultura | ||||||||||||
Ambiental | ||||||||||||
Trabajo y Promoción del Empleo | ||||||||||||
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil | ||||||||||||
Producción | Vie24 | Lun24 | Lun24 | Jue24 | Vie23 | Lun23 | Mar22 | Lun25 | Lun22 | Jue23 | Lun24 | Vie19 |
Relaciones Exteriores | ||||||||||||
Comercio Exterior y Turismo | ||||||||||||
Oficina Nacional de Procesos Electorales. | ||||||||||||
Fuero Militar Policial | ||||||||||||
Junta Nacional de Justicia | ||||||||||||
Jurado Nacional de Elecciones | ||||||||||||
Tribunal Constitucional |
ANEXO 02 | ||||||||||||
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE PENSIONES (DECRETO LEY N° 20530) | ||||||||||||
PARA EL AÑO FISCAL 2025, A CARGO DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL | ||||||||||||
Y GOBIERNOS REGIONALES | ||||||||||||
PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES | ||||||||||||
SECTORES | ENE | FEB | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGO | SET | OCT | NOV | DIC |
Educación (inc. Universidades) | Mié15 | Jue13 | Jue13 | Vie11 | Mié14 | Jue12 | Vie11 | Jue14 | Jue11 | Mar14 | Jue13 | Jue11 |
Energía y Minas | ||||||||||||
Transportes y Comunicaciones | ||||||||||||
Defensa | ||||||||||||
Poder Judicial | ||||||||||||
Ministerio Público | ||||||||||||
Economía y Finanzas | ||||||||||||
Justicia | ||||||||||||
Gobiernos Regionales : Unidades Ejecutoras | ||||||||||||
Contraloría General de la República | ||||||||||||
Congreso de la República | ||||||||||||
Agrario y de Riego | ||||||||||||
Presidencia del Consejo de Ministros | ||||||||||||
Interior | Jue16 | Vie14 | Vie14 | Lun14 | Jue15 | Vie13 | Lun14 | Vie15 | Vie12 | Mié15 | Vie14 | Vie12 |
Desarrollo e Inclusión Social | ||||||||||||
Vivienda, Construcción y Saneamiento | ||||||||||||
Defensoría del Pueblo | ||||||||||||
Salud | Vie17 | Lun17 | Lun17 | Mar15 | Vie16 | Lun16 | Mar15 | Lun18 | Lun15 | Jue16 | Lun17 | Lun15 |
Mujer y Poblaciones Vulnerables | ||||||||||||
Cultura | ||||||||||||
Ambiental | ||||||||||||
Trabajo y Promoción del Empleo | ||||||||||||
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil | ||||||||||||
Producción | Lun20 | Mar18 | Mar18 | Mié16 | Lun19 | Mar17 | Mié16 | Mar19 | Mar16 | Vie17 | Mar18 | Mar16 |
Relaciones Exteriores | ||||||||||||
Comercio Exterior y Turismo | ||||||||||||
Oficina Nacional de Procesos Electorales. | ||||||||||||
Junta Nacional de Justicia | ||||||||||||
Jurado Nacional de Elecciones | ||||||||||||
Tribunal Constitucional |
ANEXO 03 | |||||||
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE PENSIONES (DECRETO LEY N° 19990) PARA EL AÑO FISCAL 2025 | |||||||
A CARGO DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL | |||||||
ABONO EN CUENTA DE AHORRO | PAGO A DOMICILIO | ||||||
ABONO DL. 19990 | ABONO PAGO DOMICILIO DL. 19990 | INICIO PAGO DOMICILIO DL. 19990 | FIN DE PAGO DOMICILIO DL. 19990 | ||||
A-C | D-L | M-Q | R-Z | ||||
ENE | jue-09 | vie-10 | lun-13 | mar-14 | jue-09 | jue-16 | sáb-25 |
FEB | vie-07 | lun-10 | mar-11 | mié-12 | vie-07 | vie-14 | dom-23 |
MAR | vie-07 | lun-10 | mar-11 | mié-12 | vie-07 | vie-14 | dom-23 |
ABR | lun-07 | mar-08 | mié-09 | jue-10 | lun-07 | lun-14 | mié-23 |
MAY | jue-08 | vie-09 | lun-12 | mar-13 | jue-08 | jue-15 | sáb-24 |
JUN | vie-06 | lun-09 | mar-10 | mié-11 | vie-06 | vie-13 | dom-22 |
JUL | lun-07 | mar-08 | mié-09 | jue-10 | lun-07 | lun-14 | sáb-26 |
AGO | vie-08 | lun-11 | mar-12 | mié-13 | vie-08 | vie-15 | dom-24 |
SET | vie-05 | lun-08 | mar-09 | mié-10 | vie-05 | vie-12 | dom-21 |
OCT | mar-07 | jue-09 | vie-10 | lun-13 | mar-07 | mié-15 | vie-24 |
NOV | vie-07 | lun-10 | mar-11 | mié-12 | vie-07 | vie-14 | dom-23 |
DIC | vie-05 | mié-10 | jue-11 | vie-12 | vie-05 | mar-16 | lun-29 |
[El Peruano: 31/12/2024]
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