R. M. N° 000010-2025-MC.- Autorizan viaje de servidores de la Gerencia de Prensa del IRTP a Suiza, en comisión de servicios



R. M. N° 000010-2025-MC.- Autorizan viaje de servidores de la Gerencia de Prensa del IRTP a Suiza, en comisión de servicios
MINISTERIO DE CULTURA

Autorizan viaje de servidores de la Gerencia de Prensa del IRTP a Suiza, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000010-2025-MC


San Borja, 17 de enero del 2025

VISTOS: el Oficio Nº 000014-2025-IRTP-GG de la Gerencia General del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú; el Informe Nº 000068-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;

Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura mediante el Decreto Supremo Nº 061-2016-PCM, cuyo objetivo es llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento;

Que, mediante la Resolución Legislativa Nº 32225, se autoriza a la señora Presidenta de la República, Dina Ercilia Boluarte Zegarra, salir del territorio nacional del 20 al 24 de enero de 2025, con el objeto de viajar a la ciudad de Davos, Suiza, a fin de participar en la Reunión Anual del Foro Económico Mundial 2025, conocido como WEF por sus siglas en inglés (World Economic Forum) o Foro de Davos;

Que, a través del Oficio Nº 000014-2025-IRTP-GG, la Gerencia General del IRTP solicita autorización de viaje, en comisión de servicios, de los señores Hover Felipe Herrera Aquino y Diana Pachacama Chirinos, servidores de la Gerencia de Prensa del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, con la finalidad de que, en representación del IRTP, realicen la cobertura informativa de la participación de la señora Presidenta de la República, Dina Ercilia Boluarte Zegarra, en la Reunión Anual del Foro Económico Mundial 2025 (World Economic Forum - WEF), del 20 al 24 de enero de 2025, en la ciudad de Davos, Confederación Suiza;

Que, asimismo, con el Oficio Nº 000014-2025-IRTP-GG, la Gerencia General del IRTP remite, entre otros, el Informe Nº 000003-2025-IRTP-GP elaborado por la Gerencia de Prensa del IRTP, donde se concluye que el citado viaje constituye de interés nacional, porque permitirá difundir información a través de las señales del IRTP y en todas sus plataformas digitales, sobre lo que acontecerá en dicha visita de Estado, la cual tiene por objeto atraer inversiones extranjeras, así como impulsar la cooperación internacional para fomentar la transformación digital en nuestro país, impulsar el crecimiento económico y contrarrestar los efectos negativos del cambio climático; así como, dar a conocer a la comunidad internacional los logros de la Presidencia del Perú del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) durante el año 2024;

Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo los fines antes señalados, resulta de interés nacional autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores Hover Felipe Herrera Aquino y Diana Pachacama Chirinos, a la ciudad de Davos, Confederación Suiza, del 20 al 24 de enero 2025; cuyos gastos por concepto de viáticos y pasajes son asumidos con cargo al Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, establece que, durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme con lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de representantes, servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, son autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector;

Con los vistos de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores HOVER FELIPE HERRERA AQUINO y DIANA PACHACAMA CHIRINOS, servidores de la Gerencia de Prensa del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a la ciudad de Davos, Confederación Suiza, del 20 al 24 de enero de 2025; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, conforme con el siguiente detalle:

Pasajes aéreos (ida y vuelta - incluido TUUA) x 2: US$ 6 800.00

Viáticos (US$ 540.00 x 4 días) x 2: US$ 4 320,00

TOTAL: US$ 11 120.00

Artículo 3.- Disponer que los servidores señalados en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno, según su régimen contractual, presenten ante el titular del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades que efectúen, así como la rendición de cuentas de acuerdo con Ley.

Artículo 4.- La presente resolución no da derecho a la exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA
Ministro de Cultura

[El Peruano: 18/01/2025]


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