R. M. N° 0036-2025-MIDAGRI.- Oficializan el «Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)», a desarrollarse en la sede de la Universidad Nacional Agraria La Molina



R. M. N° 0036-2025-MIDAGRI.- Oficializan el «Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)», a desarrollarse en la sede de la Universidad Nacional Agraria La Molina
MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO

Oficializan el "Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)", a desarrollarse en la sede de la Universidad Nacional Agraria La Molina

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0036-2025-MIDAGRI


Lima, 4 de febrero de 2025

VISTOS:

La Carta IX CONFLAT 06.07, del Presidente de la Comisión Organizadora del Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT); el Oficio N° D000833-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE del Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR; el Memorando N° 0019-2025-MIDAGRI-DVPSDA del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; el Memorando N° 0192-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 0100-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI; este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, el artículo 5 de la referida Ley dispone que el MIDAGRI ejerce competencia, entre otros, en materia de fauna silvestre; competencias que se encuentra a cargo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, organismo público adscrito al MIDAGRI de conformidad con el artículo 13 de la acotada Ley;

Que, el SERFOR creado mediante la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, tiene la condición de Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre y ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre, constituyéndose en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional, encargada de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, mediante Carta IX CONFLAT 06.07, de fecha 22 de julio de 2024, el Presidente de la Comisión Organizadora del Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT) solicita se oficialice el evento denominado "Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)", a realizarse del 19 al 21 de noviembre de 2025 en la Universidad Nacional Agraria La Molina, a cuyo efecto adjunta la documentación sustentatoria correspondiente;

Que, con el Oficio N° D000833-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE, el Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, remite el Informe Legal N° D000451-2024-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de dicha entidad, que recoge el Informe Técnico N° D000075-2024-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPC expedido por la Dirección de Promoción y Competitividad de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; documentos que contienen opinión favorable para oficializar el evento denominado "Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)";

Que, conforme a las conclusiones del referido Informe Técnico N° D000075-2024-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPC, la realización del "Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)", reviste importancia sectorial e institucional siendo oportuna la participación del SERFOR en calidad de autoridad nacional forestal y de fauna silvestre, en esta plataforma Latinoamericana de diálogo, dado que contribuye a la promoción del manejo sostenible de los bosques, facilita el desarrollo de políticas públicas y coadyuva a la formación de redes de cooperación entre países latinoamericanos, siendo un foro para la sensibilización sobre la importancia de los bosques para el bienestar ecológico, económico y social en la región;

Que, a través del Memorando N° 0192-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, al que se adjunta el Informe N° 0025-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales, se señala que, teniendo en consideración la opinión expresada por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR de acuerdo a sus competencias y el hecho que la solicitud del Presidente de la Comisión Organizadora del Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT) está alineada con las políticas y objetivos del MIDAGRI, especialmente en términos de manejo sostenible de los recursos naturales, fortalecimiento de capacidades, cambio climático, y conservación de los bosques y biodiversidad, y que el evento a oficializarse constituye una oportunidad valiosa para el MIDAGRI en términos de cumplir con sus metas de desarrollo sostenible y cooperación internacional en el sector forestal; debe proseguirse con el trámite de aprobación respectivo;

Que, mediante Informe N° 0100-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable expedir la Resolución Ministerial que oficializa el evento denominado "Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)", a realizarse en la sede de la Universidad Agraria La Molina del 19 al 21 de noviembre de 2025;

Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario (e), del Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Oficialización


Se oficializa el evento denominado "Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)", a desarrollarse del 19 al 21 de noviembre de 2025 en la sede de la Universidad Nacional Agraria La Molina.

Artículo 2.- Afectación presupuestal

La realización del evento denominado "Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)", no irroga gastos al Presupuesto Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.

Artículo 3.- Presentación de informe final

Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de finalizado el evento, el Comité Organizador del "Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)", presentará al Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, un Informe Final sobre las actividades realizadas y los objetivos alcanzados.

Artículo 4.- Publicación

Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

[El Peruano: 06/02/2025]


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