LEY N° 32288.- Ley que declara de necesidad pública la construcción y ampliación del proyecto de irrigación Magunchal en los distritos de Bagua Grande, Jamalca y El Milagro de la provincia de Utcubamba del departamento de Amazonas



LEY N° 32288.- Ley que declara de necesidad pública la construcción y ampliación del proyecto de irrigación Magunchal en los distritos de Bagua Grande, Jamalca y El Milagro de la provincia de Utcubamba del departamento de Amazonas
CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ley que declara de necesidad pública la construcción y ampliación del proyecto de irrigación Magunchal en los distritos de Bagua Grande, Jamalca y El Milagro de la provincia de Utcubamba del departamento de Amazonas

LEY Nº 32288

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DEL PROYECTO DE IRRIGACIÓN MAGUNCHAL EN LOS DISTRITOS DE BAGUA GRANDE, JAMALCA Y EL MILAGRO DE LA PROVINCIA DE UTCUBAMBA DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS

Artículo único. Declaración de necesidad pública

Se declara de necesidad pública la construcción y ampliación del proyecto de irrigación Magunchal en los distritos de Bagua Grande, Jamalca y El Milagro de la provincia de Utcubamba del departamento de Amazonas, convocando la participación del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua, del Gobierno Regional de Amazonas, de las municipalidades provinciales y de las municipalidades distritales del ámbito del proyecto de irrigación Magunchal, para que prioricen las acciones correspondientes en el marco de la programación multianual de inversiones (PMI).

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil veinticinco.

EDUARDO SALHUANA CAVIDES
Presidente del Congreso de la República

CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de abril del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros

[El Peruano: 04/04/2025]


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