
Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Oficina de Normalización Previsional
DECRETO SUPREMO Nº 095-2025-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas, autoriza a las entidades públicas del Poder Ejecutivo para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Oficina de Normalización Previsional - ONP para financiar el pago de las pensiones, los aguinaldos, las bonificaciones y demás conceptos que corresponda percibir a los pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 20530, con cargo a los recursos de sus respectivos presupuestos institucionales; siendo que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro del sector correspondiente o al que esté adscrita la entidad, a propuesta de este último;
Que, el numeral 1 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1666, Decreto Legislativo Marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, dispone que se transfiere a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), de forma progresiva, la administración y pago de las pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 20530, incluidas sus contingencias, asumiendo la sucesión procesal de los procesos judiciales en trámite; disponiendo, asimismo, que el inicio del proceso de transferencia y su cronograma son establecidos mediante resolución directoral de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH);
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 0005-2025-EF/53.01, entre otros, se aprueba el cronograma del proceso de transferencia de la administración y pago de pensiones en el régimen del Decreto Ley Nº 20530 de diversas Entidades a la Oficina de Normalización Previsional; estableciendo para determinados sectores que la fecha máxima de remisión del proyecto de decreto supremo al Ministerio de Economía y Finanzas a cargo del sector, es, entre otros, el 21 de abril de 2025; y la fecha máxima de la publicación de la norma legal que aprueba la modificación presupuestal a nivel institucional es, entre otros, el 20 de mayo de 2025;
Que, mediante los Oficios Nº D001282-2025-SG-MINSA y Nº D001317-2025-SG-MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor de la Oficina de Normalización Previsional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para financiar el pago de las pensiones de junio a diciembre de 2025; así como de los aguinaldos por fiestas patrias y navidad de pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias, provenientes de las Unidades Ejecutoras 008. Instituto Nacional de Oftalmología, 031. Hospital de Emergencias Pediátricas, 049. Hospital San Juan de Lurigancho, 042. Hospital "José Agurto Tello de Chosica" y 150. Hospital de Lima Este-Vitarte; en el marco de lo señalado en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31728; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº D000341-2025-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado ministerio, con los respectivos sustentos;
Que, mediante el Oficio Nº 00933-2025-MINEDU/SG, el MINEDU solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), para financiar el pago de las pensiones por los meses de junio a diciembre de 2025 y los aguinaldos que correspondan percibir a pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 20530, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31728; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00719-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto; asimismo, mediante el Oficio Nº 00951-2025-MINEDU/SPE-OPEP, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del MINEDU, se remite el Informe Nº 0855-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la citada Unidad, con información complementaria y los respectivos sustentos;
Que, mediante el Oficio Nº 000086-2025-IN-DM, el Ministerio del Interior remite la solicitud de la Superintendencia Nacional de Migraciones para realizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), para financiar el pago de las pensiones por los meses de junio a diciembre de 2025 y los aguinaldos que correspondan percibir a pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 20530, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31728; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 0000351-2025-UPP-MIGRACIONES de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, con los respectivos sustentos;
Que, mediante los Memorandos Nº 0219-2025-EF/53.05, Nº 0228-2025-EF/53.05 y Nº 0242-2025-EF/53.05 que adjuntan los Informes Nº 0175-2025-EF/53.05, Nº 0182-2025-EF/53.05 y Nº 0197-2025-EF/53.05; respectivamente, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas señala que, a partir de la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), el costo para financiar el pago de las pensiones de 53 pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 del Ministerio de Salud, de 224 pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 del Ministerio de Educación y de 3 pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 de la Superintendencia Nacional de Migraciones, por los meses de junio a diciembre de 2025, así como los aguinaldos por fiestas patrias y navidad, ascienden a la suma de S/ 641 061,00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES); de S/ 1 920 948,00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) y de S/ 15 443,00 (QUINCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES y 00/100 SOLES), respectivamente;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 577 452,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas, y la Resolución Directoral Nº 0005-2025-EF/53.01, Resolución Directoral que establece el inicio y el cronograma para el proceso de transferencia de la administración y pago de pensiones en el régimen del Decreto Ley Nº 20530;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 577 452,00 (DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de la Oficina de Normalización Previsional, para financiar el pago de las pensiones por los meses de junio a diciembre de 2025; así como de los aguinaldos por fiestas patrias y navidad de 53 pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias, de las Unidades Ejecutoras 008. Instituto Nacional de Oftalmología, 031. Hospital de Emergencias Pediátricas, 049. Hospital San Juan de Lurigancho, 042. Hospital "José Agurto Tello de Chosica" y 150. Hospital de Lima Este-Vitarte, para financiar el pago de las pensiones por los meses de junio a diciembre del año 2025 y los aguinaldos por fiestas patrias y navidad, en caso corresponda, de 224 pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias, de las Unidades Ejecutoras 001: USE 01 San Juan de Miraflores, 002: USE 02 San Martín de Porres, 003: USE 03 Cercado, 006: USE 06 Vitarte y 007: USE 07 San Borja; y para financiar el pago de las pensiones por los meses de junio a diciembre del año 2025 y los aguinaldos por fiestas patrias y navidad de 03 pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias, de la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones - Migraciones; con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, Ministerio de Educación y la Superintendencia Nacional de Migraciones, respectivamente, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31728, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 011 : M. de Salud
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales 641 061,00
PLIEGO 010 : M. de Educación
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales 1 920 948,00
PLIEGO 073 : Superintendencia Nacional de Migraciones
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales 15 443,00
===========
Total Egresos 2 577 452,00
===========
A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 095 : Oficina de Normalización Previsional - ONP
UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina de Normalización Previsional
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.2. Pensiones y otras prestaciones sociales 2 577 452,00
===========
Total Egresos 2 577 452,00
===========
1.2 El detalle de los recursos transferidos en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas se encuentran en el Anexo "Transferencia de Partidas con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación y la Superintendencia Nacional de Migraciones", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular de los pliegos habilitadores y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Salud, el Ministro de Educación y el Ministro del Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO
Ministro de Economía y Finanzas
CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS
Ministro del Interior
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Encargado del despacho del Ministerio de Educación
[El Peruano: 20/05/2025]
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