
Disponen la publicación de proyecto de resolución de superintendencia que aprueba el procedimiento específico "Garantías de operadores de comercio exterior" RECA-PE.03.04 (versión 5), en la sede digital de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000143-2025/SUNAT
Lima, 30 de abril de 2025
DISPONEN LA PUBLICACIÓN EN LA SEDE DIGITAL DE LA SUNAT DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO "GARANTÍAS DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR" RECA-PE.03.04 (VERSIÓN 5) Y SU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 125-2021/SUNAT se aprobó el procedimiento específico "Garantías de operadores de comercio exterior" RECA-PE.03.04 (versión 4) que establece las pautas a seguir para el trámite de las garantías presentadas por los operadores de comercio exterior;
Que la referida versión 4 recogió algunas modificaciones efectuadas por el Decreto Legislativo Nº 1433 y el Decreto Supremo Nº 367-2019-EF a la Ley General de Aduanas y a su reglamento, respectivamente;
Que es necesario aprobar una nueva versión del citado procedimiento a fin de terminar de adecuarlo a las modificaciones efectuadas por las normas antes mencionadas, así como adecuarlo a la versión 3 del procedimiento general "Certificación del operador económico autorizado" DESPA-PG.29 aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 061-2022/SUNAT;
Que el literal c) del artículo 4 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), aprobada por el Decreto Supremo Nº 040-2023-EF, dispone que la SUNAT tiene la función general de expedir, dentro del ámbito de su competencia, disposiciones en materia tributaria y aduanera, estableciendo obligaciones de los contribuyentes, responsables y/o usuarios del servicio aduanero, disponer medidas que conduzcan a la simplificación de los trámites correspondientes a los regímenes aduaneros, así como normar los procedimientos que se deriven de estos;
Que, por su parte, el artículo 11 de la sección primera del referido ROF señala que, en el ámbito aduanero, la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos (SNATI) se encarga de normar los procesos de recaudación, de control y recuperación de deuda, de recursos impugnatorios y de servicios al usuario de comercio exterior, gestionando el control y recuperación de deuda, los recursos impugnatorios y adicionalmente aquellos procesos que se encuentren centralizados, cuando así lo disponga la legislación vigente;
Que, en ese sentido, la SNATI remite, con su correspondiente exposición de motivos, el proyecto de resolución de superintendencia que aprueba el procedimiento específico "Garantías de operadores de comercio exterior" RECA-PE.03.04 (versión 5); con la finalidad de adecuar el procedimiento a los cambios normativos y optimizar su trámite;
Que, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso. Asimismo, el artículo 21 del referido reglamento indica que la publicación del proyecto normativo se aprueba, entre otros, mediante resolución del titular de la entidad;
Que, en ese sentido, considerando que el proyecto de resolución de superintendencia que aprueba el procedimiento aduanero antes citado y su exposición de motivos corresponden a una norma de carácter general, resulta necesario efectuar su publicación en forma previa a su emisión, a fin de recoger la opinión de los operadores de comercio exterior y los operadores intervinientes, así como comentarios del público en general, lo que coadyuvará a mejorar las propuestas normativas bajo comentario;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; y, en el inciso m) del artículo 10 de la sección primera del ROF de la SUNAT aprobada por el Decreto Supremo Nº 040-2023-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación de proyecto normativo
Se dispone la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que aprueba el procedimiento específico "Garantías de operadores de comercio exterior" RECA-PE.03.04 (versión 5), con su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de la SUNAT (www.sunat.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado desde el día calendario siguiente de la publicación de la presente resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones del público.
Artículo 2.- Mecanismo de participación
Se dispone que los comentarios, aportes u opiniones del público pueden ser presentados en la Mesa de Partes de la SUNAT, ubicada en Av. Garcilaso de la Vega Nº 1472, Cercado de Lima; en los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT a nivel nacional y en la Mesa de Partes Virtual-SUNAT; o, enviados a la siguiente dirección de correo electrónico: CFERNAND@sunat.gob.pe, con indicación del proyecto normativo; asimismo, se establece que la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos se encuentra a cargo de su recepción, sistematización y análisis.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARILU HAYDEE LLERENA AYBAR
Superintendente Nacional
[El Peruano: 05/05/2025]
Comentar esta noticia