
LEY Nº 32410
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE APRUEBA EL MONTO Y LA ESCALA DEL CONCEPTO INCENTIVO ÚNICO - CAFAE PARA EL PERSONAL DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DEL PLIEGO 456: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE PASCO
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto aprobar el monto y la escala del concepto Incentivo Único - CAFAE para el personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, comprendido en las unidades ejecutoras del Pliego 456: Gobierno Regional del departamento de Pasco.
Artículo 2. Aprobación del monto y la escala del concepto Incentivo Único - CAFAE para las unidades ejecutoras del Pliego 456: Gobierno Regional del departamento de Pasco
2.1. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para aprobar, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), mediante resolución directoral, el nuevo monto y la escala del concepto Incentivo Único - CAFAE para el personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, del Pliego 456: Gobierno Regional del departamento de Pasco, comprendido en las siguientes unidades ejecutoras:
a) Unidad Ejecutora: 001-885 (Región Pasco - Sede Central)
b) Unidad Ejecutora: 002-1460 (Gob. Reg. de Pasco - Selva Central)
c) Unidad Ejecutora: 100-886 (Región Pasco - Agricultura)
d) Unidad Ejecutora: 400-889 (Región Pasco - Salud)
2.2 La aprobación señalada en el párrafo 2.1 del nuevo monto y la escala del concepto Incentivo Único - CAFAE es a propuesta del titular del Pliego 456: Gobierno Regional del departamento de Pasco, quien remite a la DGGFRH el informe técnico emitido por las oficinas de presupuesto y de recursos humanos o las que hagan sus veces.
Artículo 3. Excepciones a la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025
Se exceptúa, durante el año fiscal 2025, a las unidades ejecutoras señaladas en el artículo 2 del Pliego 456: Gobierno Regional del departamento de Pasco, de lo establecido en el artículo 6 y en el párrafo 9.1 del artículo 9 de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con la finalidad de aplicar el monto y la escala del concepto Incentivo Único - CAFAE para el personal de dichas entidades.
Artículo 4. Financiamiento para el otorgamiento del concepto Incentivo Único - CAFAE
4.1. El otorgamiento del concepto Incentivo Único - CAFAE se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego 456: Gobierno Regional del departamento de Pasco, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
4.2. A efectos de lo señalado en el párrafo 4.1, el Pliego 456: Gobierno Regional del departamento de Pasco queda autorizado para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional y programático.
Artículo 5. Registro del monto y la escala del concepto Incentivo Único - CAFAE
La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas registra de oficio en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) el monto y la escala del concepto Incentivo Único - CAFAE aprobados.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil veinticinco.
EDUARDO SALHUANA CAVIDES
Presidente del Congreso de la República
CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de julio del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
EDUARDO MELCHOR ARANA YSA
Presidente del Consejo de Ministros
[El Peruano: 12/07/2025]
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