D. S. N° 211-2025-EF.- Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de los gobiernos regionales



D. S. N° 211-2025-EF.- Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de los gobiernos regionales
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de los gobiernos regionales

DECRETO SUPREMO Nº 211-2025-EF


LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales, para el financiamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas, hasta por el monto de S/ 624 481 197,00 (SEISCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último;

Que, asimismo, el numeral 78.2 del artículo 78 de la Ley Nº 32185, dispone que el financiamiento al que se hace referencia en el numeral 78.1 citado, se efectúa progresivamente y en etapas a través de transferencias, y que cada transferencia se efectúa en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, y en base a la ejecución de la transferencia previamente efectuada, salvo la primera transferencia;

Que, adicionalmente, el numeral 78.3 del artículo 78 de la Ley Nº 32185, señala que el Ministerio de Educación aprueba mediante Resolución Ministerial, hasta el 28 de febrero de 2025, la relación de intervenciones y acciones pedagógicas, condiciones y/o disposiciones complementarias que se deberán cumplir para la transferencia y ejecución de los recursos a que hace referencia el presente artículo en el marco de la normatividad de la materia;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 299-2025-MINEDU, se aprueba la versión actualizada de la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2025" aprobada mediante Resolución Ministerial N º 003-2025-MINEDU; en la cual se incorpora la intervención y acción pedagógica "El fortalecimiento de la gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local";

Que, mediante el Oficio Nº 01954-2025-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 4 866 876,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de los gobiernos regionales, correspondiente al periodo de setiembre a diciembre de 2025, para financiar la contratación de doscientos sesenta y siete (267) Especialistas en Procedimientos Administrativos Disciplinarios relacionados a la intervención y acción pedagógica "El fortalecimiento de la gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local", en el marco de la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas del Ministerio de Educación en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Lima Metropolitana en el Año Fiscal 2025", conforme el artículo 78 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 01479-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos. Asimismo, mediante el Oficio Nº 02182-2025-MINEDU/SPE-OPEP, el citado ministerio remite información complementaria, adjuntando el Informe Nº 01752-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP;

Que, mediante el Memorando Nº 3258-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas adjunta el Informe Nº 3203-2025-EF/53.04 de la Dirección de Gestión de Personal Activo, el cual señala que el costo estimado para financiar la contratación de personal de 267 Especialistas en Procedimientos Administrativos Disciplinarios bajo la modalidad de CAS, para la intervención y acción pedagógica "El fortalecimiento de la gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local", en el marco del artículo 78 de la Ley Nº 32185, correspondiente al periodo de setiembre a diciembre de 2025, a favor de los Gobiernos Regionales, asciende a la suma de S/ 4 866 876,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES);

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 4 866 876,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en los numerales 78.1, 78.2 y 78.3 del artículo 78 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 4 866 876,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, a favor de los gobiernos regionales, correspondiente al periodo de setiembre a diciembre de 2025, para financiar la contratación de doscientos sesenta y siete (267) Especialistas en Procedimientos Administrativos Disciplinarios relacionados a la intervención y acción pedagógica "El fortalecimiento de la gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local", conforme lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 010 : M. de Educación
UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos
ACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de recursos para la ejecución de actividades
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y transferencias 4 866 876,00
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TOTAL EGRESOS 4 866 876,00
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A LA: En soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO : Gobiernos Regionales
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos
ACTIVIDAD 5006267 : Fortalecimiento Institucional de las UGEL
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 866 876,00
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TOTAL EGRESOS 4 866 876,00
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1.2. Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas, por pliego, se detallan en el Anexo "Transferencia de recursos para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas en la Categoría Presupuestaria 9002.

Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1. Los Titulares del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2. La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República

RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO
Ministro de Economía y Finanzas

MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Ministro de Educación

[El Peruano: 06/10/2025]


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