
LEY Nº 32510
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CONSERVACIÓN Y SALVAGUARDIA DE DANZAS FOLCLÓRICAS TRADICIONALES QUE SE PRACTICAN EN LA PROVINCIA DE POMABAMBA DEL DEPARTAMENTO DE ÁNCASH
Artículo único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la conservación y salvaguardia de las siguientes danzas folclóricas tradicionales que se practican en la provincia de Pomabamba del departamento de Áncash, con el propósito de revalorar y asegurar la continuidad de sus expresiones musicales, coreográficas y de indumentaria:
1. La danza wanka
2. La danza San Juan
3. La danza cosecha de trigo-trilla
4. La danza campeadores de Huaycho
5. La danza negrito
6. La danza waridanza
7. La danza huanquilla
8. La danza yunka o shashu
9. La danza Huáscar inka
10. La danza tinya palla o wiqru palla
11. La danza sargento o tuyruru
12. La danza awkin danza
13. La danza Pizarro
14. La danza marcha
15. La danza sarao
16. La danza anty chunchuy
17. La danza apu inka
18. La danza huayta muruy
19. La danza puma wanka
20. La danza caña palla
21. La danza alto vara
22. La danza anaca
23. La danza campichi o los campeadores
24. La danza pispi cóndor
25. La danza turko
26. La danza kataymi-pastores de jardines
27. La danza auqa
28. La danza pastorcitos de Belén
29. La danza coro de ángeles
30. La danza Reyes Magos
31. La danza pastorcitos ayacuchanos
32. La danza wichamperos
33. La danza monty hualluy
34. La danza palla o huayta palla
35. La danza ayana
36. La danza chimaychi.
Para tal fin, el Poder Ejecutivo, el Gobierno Regional de Áncash y los gobiernos locales correspondientes realizan las coordinaciones necesarias en el marco de sus respectivas competencias y atribuciones.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil veinticinco.
FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO
Primer Vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso de la República
WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS
Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.
JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República
ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA
Presidente del Consejo de Ministros
[El Peruano: 28/11/2025]




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