
Garantía del incremento en la RIM según normativa vigente
En el documento, el Minedu recordó que la normativa vigente establece que el Estado debe asegurar el financiamiento necesario para cumplir con el incremento de la RIM docente. La Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley 32498 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a efectuar modificaciones presupuestarias destinadas a cubrir la actualización remunerativa del personal docente de educación básica en todo el ámbito nacional. Este procedimiento se ejecuta durante el año fiscal 2025 y se realiza con cargo a recursos previstos en el Decreto Legislativo 1440.El Minedu señaló que la actualización se verá reflejada en las boletas de pago de noviembre, lo que implica que tanto docentes nombrados como contratados percibirán el monto correspondiente al segundo tramo autorizado. Este ajuste forma parte de un proceso previsto en la legislación presupuestaria del sector público para el año fiscal 2025.
Medidas para asegurar la continuidad del servicio educativo
El oficio también solicita a las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y a las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) adoptar las medidas que correspondan para garantizar la continuidad del servicio educativo, subrayando que los estudiantes no deben verse afectados durante las jornadas previstas en el calendario escolar. El Minedu remarcó que las entidades responsables deben coordinar acciones preventivas y asegurar el funcionamiento regular de las instituciones educativas.Contexto normativo: detalles de la Ley 32498
La Ley 32498, publicada el 12 de noviembre de 2025, contiene diversas disposiciones vinculadas al financiamiento público en universidades y sectores vinculados a educación. En su primera disposición complementaria final, la norma autoriza el incremento de la remuneración del personal docente de las universidades públicas mediante decreto supremo, a partir de diciembre del mismo año. Aunque este punto está dirigido al ámbito universitario, el marco legal también incluye medidas destinadas al profesorado de educación básica.La cuarta disposición complementaria final es la que sustenta directamente el incremento de la RIM para docentes nombrados y contratados del país. Esta disposición autoriza al MEF a realizar modificaciones presupuestarias a favor de los sectores vinculados a educación, incluyendo gobiernos regionales, con el propósito de financiar lo estipulado en la Ley de Presupuesto del Sector Público para 2025. El mecanismo utilizado sigue lo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo 1440, e incluye el refrendo de los ministros de Defensa, Interior y Educación.
Alcances del financiamiento y ejecución presupuestaria
Según la legislación vigente, las modificaciones presupuestarias no requieren recursos adicionales del tesoro público, sino que se ejecutan mediante reasignaciones dentro de los presupuestos institucionales de los sectores involucrados. Este marco permite viabilizar el incremento remunerativo sin afectar la programación presupuestal del ejercicio 2025.Las disposiciones complementarias mencionadas en la norma también detallan otros aspectos del financiamiento en sectores vinculados, como la categorización de docentes de institutos pedagógicos, la actualización de parámetros remunerativos para institutos tecnológicos y la asignación de partidas específicas para gobiernos regionales y municipalidades en proyectos de inversión. Aunque estos apartados no están directamente ligados al incremento de la remuneración docente en educación básica, conforman el contexto general de gestión presupuestaria que ampara las medidas anunciadas por el Minedu.
Implementación del incremento en noviembre
Las precisiones del Minedu confirman que el incremento de la RIM docente es un compromiso bajo respaldo legal y que la aplicación en noviembre está asegurada. Las unidades administrativas del sector educación deberán ejecutar los procedimientos correspondientes para que el monto actualizado se registre en las planillas mensuales sin retrasos. Asimismo, el sector recordó que el ajuste forma parte de un proceso anual regulado y que su financiamiento se encuentra programado conforme a la Ley de Presupuesto y a las disposiciones complementarias establecidas por el Congreso.Las autoridades educativas regionales deberán informar a su personal sobre la aplicación del segundo tramo del incremento para evitar incertidumbre y facilitar la gestión administrativa interna. El Minedu reiteró que la normativa está vigente y que los mecanismos presupuestarios ya se encuentran habilitados para cumplir con lo dispuesto por la Ley 32498 y las normas complementarias.




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