
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a veintidós unidades bibliográficas (1955-1992) de la producción literaria de Julio Ramón Ribeyro, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000020-2026-VMPCIC/MC
San Borja, 23 de enero del 2026
VISTOS: el Oficio N° 000001-2026-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000020-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;
Que, con el Oficio N° 000001-2026-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de veintidós unidades bibliográficas (1955-1992) de la producción literaria de Julio Ramón Ribeyro de su propiedad;
Que, a través del Informe Técnico N° 000131-2025-BNP-J-DPC-UVDP de la Unidad Funcional de Valoración y Defensa del Patrimonio Bibliográfico Documental se desarrolla la importancia, el valor y significado de las veintidós unidades bibliográficas;
Que, con el Informe Nº 000437-2025-BNP-J-DPC, la Dirección de Protección de las Colecciones, con sustento en el informe técnico, recomienda a la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de las referidas unidades bibliográficas;
Que, Julio Ramón Ribeyro (1929-1994) fue un escritor y ensayista peruano de la Generación del 50, reconocido como uno de los autores más importantes de la escena literaria nacional contemporánea (Gonzales, 2014) y uno de los principales narradores hispanoamericanos del siglo XX (Márquez y Ferreira, 1996). Es considerado el mejor cuentista peruano de todos los tiempos (Luchting, 1988) y uno de los más importantes en lengua española del siglo XX (Higgins, 1991), así como el fundador literario de la Lima moderna. Su vasta obra abarca distintos géneros como el cuento, la novela, el teatro y la prosa no ficcional;
Que, la importancia de la obra de Julio Ramón Ribeyro se funda en el fuerte vínculo que existe entre el contenido de las obras y la realidad nacional peruana. Las obras propuestas tuvieron un fuerte impacto en el campo literario, contribuyendo a la construcción de una nueva representación de la ciudad de Lima y sus habitantes y constituyendo, al mismo tiempo, un punto de inflexión fundamental para la cultura y la narrativa peruana;
Que, en relación con los cuentos que conforman la selección de sus obras, su valor histórico y artístico radica en la importancia cuentística del autor. Ribeyro marcó un hito en la historia de la literatura peruana, transformando el género literario del cuento junto a otros destacados escritores de su generación (Marcone y Portugal, 2022). Gracias a la obra de Ribeyro, el cuento, como género literario, logró afirmarse y consolidarse dentro de la literatura peruana (Prado y Portugal, 2022). Esto lo ha llevado a ser considerado el mejor cuentista peruano de todos los tiempos (Luchting, 1988) y uno de los más importantes en lengua española del siglo XX (Higgins, 1991);
Que, en relación con sus novelas vemos que el valor artístico e histórico de estas se sustenta en que su producción novelística es considerada como una de las más destacadas de la década de 1960, junto a la de otros insignes escritores como Mario Vargas Llosa y Manuel Scorza (Marcone y Portugal, 2022). Asimismo, su novela Cambio de guardia (1976) (ítem 19) marcó un hito en la literatura peruana, siendo el último aporte de la corriente neorrealista de la Generación del 50 (Susti, 2022);
Que, en relación con su obra teatral, su valor histórico y artístico destaca en el hecho que su producción teatral es de carácter histórico sirviéndose de diversos documentos para situar a sus personajes dentro de su correspondiente contexto. Este es el caso de Vida y pasión de Santiago el pajarero (1965) (ítem 9), ambientada en la Lima del siglo XVIII, específicamente en el gobierno del virrey Manuel de Amat y Juniet. De igual modo, Atusparia (1981) (ítem 21), cuya historia se desarrolla en la sierra peruana del siglo XIX y que, en palabras del reconocido poeta peruano Washington Delgado, constituye “el mejor drama histórico escrito en el Perú” (1981, p. 9);
Que, respecto de la prosa no ficcional la importancia de estas obras para la cultura peruana se desprende del valor histórico e intelectual de cada una de ellas. Aportan información valiosa sobre las reflexiones y pensamientos del autor en torno al campo literario, así como a su vida personal e íntima;
Que, en cuanto a la relevancia de la edición, se tiene que la propuesta corresponde a primeras ediciones. Por otro lado, una buena parte de estas obras destacan por los importantes editores, editoriales e imprentas nacionales que estuvieron detrás de sus publicaciones, como Juan Mejía Baca (ítem 6), Milla Batres (ítems 8, 11-14, 19), Mosca Azul (ítem 15), Minerva (ítem 3), y, en algunos casos, instituciones públicas reconocidas como la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) (ítems 9 y 10), Instituto Nacional de Cultura (INC) (ítem 16) y la Municipalidad de Lima (ítem 21);
Que, respecto al significado de las obras propuestas, éste radica en la trascendencia social y literaria, así como en la vigencia, de las obras. Razón por la cual el autor ha recibido varios reconocimientos nacionales e internacionales, ganando el Concurso del Instituto de Cultura Hispánica (Gerdes, 1976), el Premio Nacional de Literatura (1983), el Premio Nacional de Cultura (1993) (Ribeyro, 1995) y, un año después, el prestigioso Premio de Literatura Latinoamericana y del Caribe Juan Rulfo, distinción que lo convirtió en un referente del cuento hispanoamericano (Valero, 2003);
Que, por las razones expuestas, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación y, en ese sentido, los informes citados constituyen partes integrantes de la presente resolución y se adjuntan como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a veintidós unidades bibliográficas (1955-1992) de la producción literaria de Julio Ramón Ribeyro, pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú, conforme a los anexos de esta resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario oficial “El Peruano”. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
[El Peruano: 25/01/2026]




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