R. J. N° 000031-2026/JNAC/RENIEC.- Aprueban ampliación de la campaña a nivel nacional de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad



R. J. N° 000031-2026/JNAC/RENIEC.- Aprueban ampliación de la campaña a nivel nacional de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL

Aprueban ampliación de la campaña a nivel nacional de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000031-2026/JNAC/RENIEC


Lima, 16 de marzo de 2026

VISTOS:

La Hoja de Elevación Nº 000054-2026/DRI/RENIEC (13MAR2026) de la Dirección de Registros de Identificación; la Hoja de Elevación Nº 000034-2026/DRIAS/RENIEC (12MAR2026) de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevación Nº 000065-2026/DSR/RENIEC (13MAR2026) de la Dirección de Servicios Registrales; el Memorando Nº 000316-2026/OPPM/RENIEC (14MAR2026) de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando Nº 000061-2026/GG/RENIEC (14MAR2026) de la Gerencia General y el Informe Nº 000268-2026/OAJ/RENIEC (14MAR2026) de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera;

Que, el artículo 26º de la citada Ley, dispone que el Documento Nacional de Identidad (DNI) es un instrumento público, personal e intransferible, constituyendo la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y en general, para todos aquellos casos que por mandato legal deba ser presentado por el titular. Constituye también el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido extendido;

Que, el artículo 28º de la referida Ley, señala que el Documento Nacional de Identidad (DNI) será impreso y procesado con materiales y técnicas que le otorguen condiciones de máxima seguridad, inalterabilidad, calidad e transferibilidad de sus datos, sin perjuicio de una mayor eficacia y agilidad en su expedición;

Que, mediante la Ley Nº 27685, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades y organizaciones, así como en sus procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático y descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que Reglamento de la Ley Nº 27269, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM, en su artículo 45º establece que el Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe), emitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil acredita presencial y electrónicamente la identidad personal de su titular, permitiendo la firma digital de documentos electrónicos y el ejercicio del voto electrónico presencial y no presencial;

Que a través de la Resolución Jefatural Nº 217-2013/JNAC/RENIEC (05JUL2013), publicada en el diario oficial El Peruano el 06JUL2013, se incorporaron y modificaron los procedimientos administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC, asimismo, el artículo segundo, dispone que la determinación de la población objetivo para el acceso gradual y progresivo a los procedimientos del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) incluidos en el TUPA, se efectuará mediante Resolución Jefatural que se publicará en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad;

Que el Decreto Legislativo Nº 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, en su artículo 16 establece que el Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) es una credencial de identidad digital, emitida por el RENIEC, que acredita presencial y no presencialmente la identidad de las personas;

Que mediante la Resolución Jefatural Nº 000072-2025/JNAC/RENIEC (10ABR2025) se aprobó el nuevo diseño y emisión del Documento Nacional de Identidad Electrónico -DNIe de mayores de edad y menores de edad con las nuevas especificaciones técnicas conforme a su Anexo A, que forma parte integrante de la citada Resolución;

Que a través de la Resolución Jefatural Nº 000144-2025/JNAC/RENIEC (27AGO2025) se dispuso aprobar la campaña a nivel nacional de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad, considerando el costo del DNI Convencional establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC para los procedimientos de inscripción, renovación, rectificación de datos y duplicado, por el periodo comprendido entre el 28 agosto al 31 de diciembre del 2025;

Que mediante Resolución Jefatural Nº 000217-2025/JNAC/RENIEC (30DIC2025) se aprobó la ampliación de la campaña a nivel nacional de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad, considerando el costo del DNI Convencional establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC para los procedimientos de inscripción, renovación, rectificación de datos y duplicado, hasta el 12 de abril del 2026, fecha de la realización de las Elecciones Generales 2026, la cual fue inicialmente aprobada mediante la Resolución Jefatural Nº 000144-2025/JNAC/RENIEC (27AGO2025);

Que con la finalidad de continuar con la masificación del DNI Electrónico, y teniendo en consideración el escenario de una segunda vuelta, en las elecciones regionales y municipales convocada mediante Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM (06ENE2026), según cronograma electoral que apruebe el Jurado Nacional de Elecciones - JNE al respecto, la Dirección de Registros de Identificación, por documento de vistos propone la ampliación de la campaña a nivel nacional de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad, considerando el costo del DNI Convencional establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC para los procedimientos de inscripción, renovación, rectificación de datos y duplicado, hasta el 31 de diciembre del 2026;

Que mediante los documentos de vistos, la Dirección de Servicios Registrales y la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, han emitido opinión favorable respecto de la ampliación de la presente campaña de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad;

Que mediante el Memorando Nº 000316-2026/OPPM/RENIEC (14MAR2026) la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a mérito de los Informes Nº 000204-2026/OPPM/UP/RENIEC (13MAR2026) de la Unidad de Presupuesto, Nº 00056-2026/OPPM/UMO/RENIEC (13MAR2026) de la Unidad de Modernización Organizacional y Nº 000066-2026/OPPM/UPI/RENIEC (13MAR2026) de la Unidad de Planeamiento e Inversiones, otorga viabilidad técnica. A este efecto comunica que la propuesta se encuentra alineada con los objetivos estratégicos, planes institucionales y metas operativas del RENIEC. En materia presupuestaria precisa que las actividades programadas por la Dirección de Registros de Identificación (DRI) para el año 2026 se financiarán con los recursos asignados en el Presupuesto Institucional, los cuales, sumados a las gestiones de recursos adicionales en curso, garantizan el cumplimiento de las metas de emisión de DNIe y el fortalecimiento de la identidad digital a nivel nacional. Asimismo, informa que la propuesta tiene vinculación con el Objetivo Estratégico Institucional (OEI) 01 del Plan Estratégico Institucional 2025-2030 del RENIEC: “Consolidar la calidad de los servicios de identificación y registros civiles de todos los peruanos y peruanas, con énfasis en la población más vulnerable”; así como su contribución con el Programa Presupuestal 0079 “Acceso de la población a la Identidad”; y en consecuencia al logro de las metas programadas en la propuesta del Plan Operativo Institucional del RENIEC para el año 2026;

Estando a la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y modificatorias, así como las disposiciones contenidas en la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la ampliación de la campaña a nivel nacional de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad, considerando el costo del DNI Convencional establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del RENIEC para los procedimientos de inscripción, renovación, rectificación de datos y duplicado, hasta el 31 de diciembre del 2026, la cual fue inicialmente aprobada mediante la Resolución Jefatural Nº 000144-2025/JNAC/RENIEC (27AGO2025), cuya primera ampliación se aprobó mediante Resolución Jefatural Nº 000217-2025/JNAC/RENIEC (30DIC2025).

Artículo Segundo.- Se dispone la aplicación de las mismas disposiciones administrativas establecidas en el artículo segundo de la Resolución Jefatural Nº 000144-2025/JNAC/RENIEC (27AGO2025).

Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a la Dirección de Registros de Identificación; la Dirección de Servicios Registrales, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y a las Oficinas de Tecnologías de la Información, de Administración y Finanzas y de Planeamiento, Presupuesto y Modernización.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones y Prensa la difusión del contenido de la presente Resolución Jefatural para la publicidad a la población.

Artículo Quinto.- La presente Resolución Jefatural se publica en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec), el mismo día de la publicación de la Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

[El Peruano: 17/03/2026]


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