RES. N° 073-2026-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica denominada «Norma Técnica para la implementación del Mecanismo de Financiamiento por Desempeño denominado «Compromisos de Desempeño CETPRO 2026», aplicable a los Centros de Educación Técnico-Productiva públicos priorizados en el ámbito de Lima Metropolitana»



RES. N° 073-2026-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica denominada «Norma Técnica para la implementación del Mecanismo de Financiamiento por Desempeño denominado «Compromisos de Desempeño CETPRO 2026», aplicable a los Centros de Educación Técnico-Productiva públicos priorizados en el ámbito de Lima Metropolitana»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma Técnica para la implementación del Mecanismo de Financiamiento por Desempeño denominado “Compromisos de Desempeño CETPRO 2026”, aplicable a los Centros de Educación Técnico-Productiva públicos priorizados en el ámbito de Lima Metropolitana

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 073-2026-MINEDU


Lima, 7 de abril del 2026

VISTOS; los documentos que conforman el Expediente N° UFD2026-INT-0310311; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación;

Que, el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley Nº 31224, señalan que el Ministerio de Educación tiene como una de sus funciones rectoras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; y entre sus funciones técnico-normativas, aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28044, los Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO) son instituciones educativas que implementan la Educación Técnico - Productiva en el país. Ofrecen servicios educativos de acuerdo a los ciclos que correspondan y expiden las certificaciones y títulos correspondientes. Como expresión de su finalidad formativa, están facultados para desarrollar actividades de producción de bienes y servicios, los cuales constituyen una fuente de financiamiento complementario; asimismo, están facultados para reconocer aprendizajes previos adquiridos por la persona a lo largo de su vida, a través de la validación de sus conocimientos, habilidades y aptitudes vinculadas con las competencias del programa de estudios, con el propósito de facilitar su inserción o continuidad de estudios en el sistema educativo;

Que, el artículo 89 del Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2019-MINEDU, establece que los CETPRO constituyen la primera instancia de gestión educativa descentralizada de la Educación Técnico-Productiva, donde se ofrecen servicios educativos orientados al desarrollo de capacidades emprendedoras y competencias laborales que responden a las necesidades del sector productivo, especialmente del ámbito local y regional;

Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación (MINEDU), aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, es responsable de proponer y coordinar la implementación de metodologías y mecanismos de financiamiento por desempeño dirigidos a instituciones, programas educativos e instancias de gestión educativa descentralizada;

Que, el artículo 154 del ROF del MINEDU, dispone que la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, es el órgano de línea responsable de dirigir, coordinar, promover, efectuar el seguimiento y evaluar la política, así como proponer documentos normativos, en el ámbito de su competencia; asimismo, el artículo 157 del citado ROF, dispone que la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, es el órgano de línea responsable de diseñar y formular las políticas, planes y documentos normativos relativos a la regulación y fomento de la calidad y pertinencia de la educación en su ámbito de competencia;

Que, el literal b) de la sección V de la Política Nacional de Educación Superior y Técnico-Productiva, aprobada por Decreto Supremo N° 012-2020-MINEDU, establece los servicios de la citada Política que soportan y/o complementan el servicio brindado por las instituciones educativas, en las diferentes alternativas de la Educación Superior y Técnico-Productiva. Entre estos servicios se incluyen los Mecanismos de financiamiento por desempeño;

Que, mediante la Resolución de Secretaría General N° 132-2021-MINEDU, se aprueba la metodología para el diseño e implementación de mecanismos de financiamiento basado en resultados o desempeño en el sector educación;

Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante el Informe Técnico Nº 00007-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Norma Técnica para la implementación del Mecanismo de Financiamiento por Desempeño denominado “Compromisos de Desempeño CETPRO 2026” (en adelante, la Norma Técnica), la cual tiene como objetivo establecer los lineamientos y condiciones para la implementación y cumplimiento del mecanismo de financiamiento por desempeño denominado “Compromisos de Desempeño CETPRO 2026”, dirigido a los CETPRO públicos priorizados en el ámbito de Lima Metropolitana;

Que, de acuerdo con el numeral II de la Norma Técnica, el mecanismo denominado “Compromisos de Desempeño CETPRO 2026” se aplica a los CETPRO públicos priorizados en el ámbito de Lima Metropolitana que se encuentran bajo la jurisdicción de las Unidades de Gestión Educativa Local, las cuales se constituyen presupuestalmente como Unidades Ejecutoras del Pliego 010: M. de Educación. Estos CETPRO se encuentran detallados en el Anexo N° 1 de la Norma Técnica;

Que, conforme el numeral VI de la Norma Técnica, los “Compromisos de Desempeño CETPRO 2026” es el mecanismo de financiamiento por desempeño que genera incentivos a los CETPRO priorizados bajo el alcance de la Norma Técnica para propiciar el cumplimiento de metas vinculadas a indicadores priorizados por el Sector Educación; con el objetivo de contribuir con el fortalecimiento institucional de los CETPRO para la mejora de la provisión del servicio educativo brindado a los estudiantes;

Que, mediante el Oficio Nº 00601-2026-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA) remite el Informe N° 00108-2026-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, a través del cual la Dirección de Servicios de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DISERTPA) y la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGEST), emiten, de manera conjunta, opinión favorable sobre la propuesta de Norma Técnica;

Que, asimismo, con el Oficio N° 01919-2025-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, el Informe N° 0029-2025-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA-TNALB y el correo electrónico institucional de fecha 24 de diciembre de 2025, la DISERTPA remite la lista de CETPRO priorizados que serán considerados para la implementación del Mecanismo de Financiamiento por Desempeño denominado “Compromisos de Desempeño CETPRO 2026;

Que, mediante el Oficio Nº 00363-2026-MINEDU/VMGI-DRELM/DIR, la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana (DRELM) remite el Informe N° 00025-2026-MINEDU/VMGI-DRELM/DIR-OGPEBTP-ESP-EBA-TP de la Oficina de Gestión Pedagógica de la Educación Básica y Técnico Productiva (OGPEBTP), por medio del cual se brinda opinión favorable sobre la propuesta de Norma Técnica;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante el Informe Nº 00473-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, considera que resulta técnicamente viable aprobar la Norma Técnica; por cuanto, se encuentra alineada a los instrumentos de planificación institucional y sectorial del Sector Educación; y desde el punto de vista presupuestal, se cuenta con los recursos disponibles para el financiamiento de la implementación del indicado mecanismo, con cargo a los recursos programados en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, con el Informe Nº 00418-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta la documentación que obra en el expediente de Vistos, opina que la aprobación de la propuesta de Norma Técnica resulta legalmente viable, por lo que considera pertinente proseguir con el trámite correspondiente para dichos efectos;

Que, el literal a) del numeral 3.4 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 008-2026-MINEDU y modificatoria, señala que el Titular de la Entidad delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2026, la facultad de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y aquellos distintos a los delegados en los Despachos Viceministeriales;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2019-MINEDU; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial N° 008-2026-MINEDU, por la que se delegan facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio, durante el Año Fiscal 2026 y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma Técnica para la implementación del Mecanismo de Financiamiento por Desempeño denominado “Compromisos de Desempeño CETPRO 2026”, aplicable a los Centros de Educación Técnico-Productiva públicos priorizados en el ámbito de Lima Metropolitana, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CLAUDIA MABEL ZANINI FERNANDEZ
Secretaria General (e)

[El Peruano: 08/04/2026]


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