
Modifican el numeral 2.1 del artículo 2 de la R.M. N° 106-2026-MINEDU, que crea el “Grupo de trabajo sectorial para la elaboración de la propuesta de reingeniería del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 206-2026-MINEDU
Lima, 7 de abril de 2026
VISTOS: los documentos que conforman el Expediente N° DIGEBEC2026-INT-0365105; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29837 se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, a cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, planificación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos para el financiamiento de estudios de educación técnica y superior, estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, formen parte o no del sistema educativo; así como capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva;
Que, conforme a la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el literal e) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es función de los Ministerios realizar el seguimiento respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes;
Que, el numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias, establece que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado, sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos, careciendo sus conclusiones de efectos jurídicos sobre terceros;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 106-2026-MINEDU se conforma el “Grupo de trabajo sectorial para la elaboración de la propuesta de reingeniería del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC” (en adelante, el Grupo de Trabajo), estableciéndose su objeto, funciones, conformación y periodo de vigencia;
Que, a través del Informe N° 00017-2026-MINEDU/VMGI-DIGEBEC, la Dirección General de Becas y Crédito Educativo sustenta la necesidad de modificar el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 106-2026-MINEDU incorporando como miembros del Grupo de Trabajo al Viceministerio de Gestión Pedagógica y a un asesor del Despacho Ministerial, a fin de asegurar la articulación con la Alta Dirección del sector Educación; fortalecer la conducción estratégica del Grupo de Trabajo; así como, asegurar la implementación efectiva de las medidas propuestas;
Que, mediante el Informe N° 00082-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión técnica favorable a la propuesta de modificación de la Resolución Ministerial N° 106-2026-MINEDU;
Que, mediante el Informe N° 00495-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se dispone la modificación de la Resolución Ministerial N° 106-2026-MINEDU;
Que, en ese sentido, resulta necesario modificar el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 106-2026-MINEDU, que conforma el “Grupo de Trabajo Sectorial para la elaboración de la propuesta de reingeniería del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC”;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 106-2026-MINEDU
Modificar el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 106-2026-MINEDU, que crea el “Grupo de trabajo sectorial para la elaboración de la propuesta de reingeniería del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC”, el mismo que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2.- Conformación
2.1 El Grupo de Trabajo está integrado por los siguientes miembros:
- El Presidente del Consejo Directivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, quien lo preside.
- El Viceministro de Gestión Pedagógica.
- El Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de Educación.
- El Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, quien ejerce la Secretaría Técnica.
- El Director de la Dirección de Gestión de Becas del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo.
- El Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo.
- El Director General de la Dirección General de Becas y Crédito Educativo.
- El Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria.
- El Director General de la Dirección General de Educación Técnico Productiva y Superior Tecnológica y Artística.
- El Secretario de Planificación Estratégica.
- El Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica”
Artículo 2.- Vigencia de las demás disposiciones de la Resolución Ministerial N° 106-2026-MINEDU
Las demás disposiciones de la Resolución Ministerial N° 106-2026-MINEDU, que no son objeto de modificación por la presente Resolución, quedan subsistentes y mantienen plena vigencia
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
María Esther Cuadros Espinoza
Ministra de Educación
[El Peruano: 08/04/2026]




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