R. M. N° 214-2026-MINEDU.- Aprueban extinción de la «Comisión Multisectorial para el retorno a clases 2022 y para el inicio de cada año escolar» y disponen plazo para la presentación de su informe de cierre



R. M. N° 214-2026-MINEDU.- Aprueban extinción de la «Comisión Multisectorial para el retorno a clases 2022 y para el inicio de cada año escolar» y disponen plazo para la presentación de su informe de cierre
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban extinción de la “Comisión Multisectorial para el retorno a clases 2022 y para el inicio de cada año escolar” y disponen plazo para la presentación de su informe de cierre

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 214-2026-MINEDU


Lima, 8 de abril de 2026

VISTOS: los documentos que conforman el Expediente N° SG2026-INT-0066808, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado (en adelante, Ley N° 27658), declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la4 finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, el literal d) del artículo 5 de la Ley N° 27658 prescribe que el proceso de modernización de la gestión del Estado se sustenta fundamentalmente, entre otras acciones, en lograr mayor eficacia y eficiencia en el logro de los objetivos y en la utilización de los recursos del Estado, eliminando la duplicidad o superposición de competencias, funciones y atribuciones; asimismo, el literal b) del artículo 6 de la citada ley prevé que las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes;

Que, el numeral 13.5 del artículo 13 de la Ley N° 27658 y el numeral 27.1 del artículo 27 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, señalan que las comisiones multisectoriales de naturaleza permanente se extinguen cumplidos sus objetivos o culminada la necesidad de su continuidad, entre otros supuestos que determine la Presidencia del Consejo de Ministros; su extinción se aprueba mediante resolución ministerial del sector del cual depende la comisión o de aquel que ejerce su Secretaría Técnica, previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública;

Que, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su calidad de ente rector del Sistema de Modernización de la Gestión Pública, mediante el numeral 14 del Informe de Opinión Técnica vinculante N° 01-2020-PCM-SGP-SSAP ha desarrollado como criterios válidos para evaluar la extinción de comisiones multisectoriales de carácter permanente, entre otros, el criterio de duplicidad de funciones, el cual comprende que no haya duplicidad entre el objeto y funciones de la comisión con unidades de organización de un ministerio o de sus organismos públicos;

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2022-MINEDU se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente denominada “Comisión Multisectorial para el retorno a clases 2022 y para el inicio de cada año escolar” (en adelante, Comisión Multisectorial BIAE), con el objeto de que los sectores que la conforman, de manera articulada y según sus competencias, realicen el seguimiento y la evaluación de las condiciones que garanticen el retorno a clases 2022, adaptado al contexto de la pandemia por la Covid-19; así como el inicio de cada año escolar y emitir informes técnicos en estas materias, para que los estudiantes accedan a servicios educativos de calidad de manera segura y oportuna en todo el territorio nacional;

Que, con la Resolución Ministerial N° 627-2019-MINEDU se crea el “Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza permanente para el Buen Inicio del Año Escolar” (en adelante, Grupo de Trabajo), bajo la dependencia del Ministerio de Educación, con el objeto de elaborar un plan para la ejecución de las acciones necesarias por parte de los sectores involucrados, según sus competencias, que permitan garantizar las condiciones mínimas para el inicio de cada año escolar, a fin de que los estudiantes accedan a servicios educativos de calidad y de manera oportuna en todo el territorio nacional;

Que, mediante el Informe N° 00002-2026-MINEDU/SG, la Secretaría General, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial BIAE, evalúa la pertinencia de la continuidad de dicha Comisión, concluyendo que el supuesto fáctico que motivó su creación (contexto pandemia) ha desaparecido y que actualmente existen espacios y mecanismos de articulación y coordinación intergubernamental, territorial y de carácter intersectorial durante todo el año, como el Grupo de Trabajo que preside el Ministerio de Educación, cuyo objeto y funciones coinciden sustancialmente con los fines de la Comisión Multisectorial BIAE, al estar orientados a elaborar y ejecutar un plan de acciones intersectoriales orientadas a garantizar las condiciones mínimas para el inicio de cada año escolar, asegurando que los estudiantes accedan a servicios educativos de calidad y de manera oportuna en todo el territorio nacional;

Que, mediante el Oficio N° 00214-2026-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto remite el Informe N° 00025-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos, en el cual señala que la Comisión Multisectorial BIAE y el Grupo de Trabajo cumplen funciones similares respecto a la identificación de necesidades y la elaboración y actualización del plan de acciones para el inicio del año escolar; asimismo, se señala que corresponde remitir el expediente a la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, para su opinión previa;

Que, a través del Oficio N° D000620-2026-PCM-SGP, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros remite el Informe N° D000130-2026-PCM-SSAP, en el cual la Subsecretaría de Administración Pública considera viable la extinción la Comisión Multisectorial BIAE, al verificarse los criterios de duplicidad y cumplimiento de objetivo previstos en el numeral 14 de la Opinión Técnica Vinculante N° 01-2020-PCM-SGP-SSAP;

Que, con Memorándum N° 00259-2026-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto remite el Informe N° 00076-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, en el cual la Unidad de Organización y Métodos señala que habiendo obtenido la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros corresponde continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial que dispone la extinción de la Comisión Multisectorial BIAE;

Que, mediante el Informe N° 00474-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable aprobar, mediante resolución ministerial, la extinción de la Comisión Multisectorial BIAE;

Que, en ese sentido, corresponde emitir la presente resolución;

De conformidad con lo establecido la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la extinción de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente denominada “Comisión Multisectorial para el retorno a clases 2022 y para el inicio de cada año escolar”, creada por el Decreto Supremo N° 002-2022-MINEDU.

Artículo 2.- Disponer un plazo de 180 días hábiles para la presentación, ante el titular del Ministerio de Educación, del informe de cierre de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente denominada “Comisión Multisectorial para el retorno a clases 2022 y para el inicio de cada año escolar”, creada mediante Decreto Supremo N° 002-2022-MINEDU; contados partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución al Ministerio del Interior, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Salud, Ministerio de Defensa, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Cultura, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Presidencia del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

María Esther Cuadros Espinoza
Ministra de Educación

[El Peruano: 10/04/2026]


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