
Autorizan viaje de Presidente del Instituto Peruano del Deporte a Paraguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 255-2026-MINEDU
Lima, 29 de abril de 2026
VISTOS, los documentos que conforman el expediente N° MPD2026-EXT-0433923; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece que durante el Año Fiscal 2026, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; asimismo, dispone que la autorización para viajes al exterior de las personas antes señaladas, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior para servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, establece en su artículo 1 que dicha autorización se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; siempre que se sustente en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y al citado Reglamento;
Que, mediante el Oficio RE (RED) N° 2-8-C/127, la Dirección de Relaciones Educativas y del Deporte del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú remite al Instituto Peruano del Deporte (IPD) el Circular N° 06/2026, en virtud del cual la Dirección de Relaciones Culturales y Turismo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Paraguay invita para participar en la Cumbre del Deporte Asunción 2026 (en adelante, la Cumbre); así como de la Asamblea General del Consejo Americano del Deporte y otras reuniones regionales de organismos deportivos, que se llevarán a cabo del 03 al 07 de mayo de 2026, en la ciudad de Asunción, República de Paraguay;
Que, la Cumbre constituye un espacio internacional de alto nivel que integra las reuniones y asambleas de los principales organismos regionales del deporte, incluyendo el Consejo Iberoamericano del Deporte (CID), la XXVI Asamblea General del Consejo Americano del Deporte (CADE), la Asamblea Extraordinaria del Consejo Sudamericano (CONSUDE) y la Asamblea del Consejo Centroamericano y del Caribe del Deporte (CONCADE);
Que, con el Oficio N° 000553-2026-P/IPD, el IPD remite al Ministerio de Educación el Informe N° 000373-2026-OAJ/IPD, elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica del IPD, en virtud del cual sustenta y solicita la tramitación de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior del señor SERGIO LUIS LUDEÑA VISALOT, Presidente del IPD, para participar en la Cumbre y las reuniones antes señaladas;
Que, a través del Informe N° 00038-2026-MINEDU/SG-OGCI, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Educación (OGCI) emite opinión favorable sobre la participación del Presidente del IPD en la Cumbre y las citadas reuniones, toda vez que permitirá cumplir compromisos institucionales y reforzar las relaciones internacionales con organizaciones deportivas, así como estrechar lazos y alianzas de cooperación internacional para continuar promoviendo iniciativas de fomento del deporte; todo lo cual coadyuvará a mejorar la actividad deportiva en el Perú;
Que, la OGCI señala que dicha participación se encuentra alineada al Objetivo Prioritario 1: Incrementar la práctica regular de la actividad física, recreación y del deporte recreativo en la población de todas las edades, a lo largo de sus vidas, de la Política Nacional de Actividad Física, Recreación, Deporte y Educación Física (PARDEF) aprobada por el Decreto Supremo N° 014-2022-MINEDU;
Que, mediante el Informe N° 00652-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación considera legalmente viable continuar con el trámite de autorización de viaje al exterior sustentado y solicitado por el IPD;
Que, por lo expuesto y dado el interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del Presidente del IPD, a fin de participar en la Cumbre y las reuniones; siendo que los gastos por conceptos de pasajes aéreos se financiarán con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, Unidad Ejecutora: 001; mientras que los gastos por conceptos de viáticos serán asumidos por los organizadores del evento;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución de Secretaría General Nº 003-2026-MINEDU, que aprueba la Directiva denominada “Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes al exterior y rendición de cuentas de viáticos y pasajes de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Ministerio de Educación”; y, la Directiva N° 005-2023-IPD/OGA-UFIN denominada “Solicitud, autorización, otorgamiento y rendición de cuentas de viáticos, pasajes aéreos y otras asignaciones por comisión de servicios dentro y fuera del territorio nacional”, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 019-2023-IPD/GG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor SERGIO LUIS LUDEÑA VISALOT, Presidente del Instituto Peruano del Deporte, del 03 al 07 de mayo de 2026, a la ciudad de Asunción, República de Paraguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos por conceptos de pasajes aéreos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos íntegramente con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte - Unidad Ejecutora: 001, conforme al siguiente detalle:
| SERGIO LUIS LUDEÑA VISALOT | Pasajes : US$ 1 945.87 |
Artículo 3.- Disponer que el funcionario citado en el artículo 1 de la presente Resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, presente un informe detallado sobre el desarrollo y resultados del evento.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
María Esther Cuadros Espinoza
Ministra de Educación
[El Peruano: 01/05/2026]




Comentar esta noticia