R. LEG. N° 32151.- Resolución Legislativa que autoriza el ingreso de personal militar extranjero con armas de guerra y equipo transeúnte al territorio de la República del Perú



R. LEG. N° 32151.- Resolución Legislativa que autoriza el ingreso de personal militar extranjero con armas de guerra y equipo transeúnte al territorio de la República del Perú
CONGRESO DE LA REPUBLICA

Resolución Legislativa que autoriza el ingreso de personal militar extranjero con armas de guerra y equipo transeúnte al territorio de la República del Perú

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 32151


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE PERSONAL MILITAR EXTRANJERO CON ARMAS DE GUERRA Y EQUIPO TRANSEÚNTE AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ

Artículo 1. Objeto de la Resolución Legislativa

Se autoriza el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, así como de su dotación, para brindar apoyo administrativo, logístico y de seguridad antes, durante y después de las reuniones del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC PERÚ 2024), a las ciudades de Lima, Pisco y Chiclayo, del 4 al 24 de noviembre de 2024, en el marco de lo establecido en el numeral 8 del artículo 102 de la Constitución Política del Perú, conforme a las especificaciones y objetivos que se señalan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución legislativa.

Artículo 2. Autorización para modificación de plazo

2.1.
Se autoriza al Poder Ejecutivo para que, a través de una resolución suprema refrendada por el ministro de Defensa, pueda modificar, cuando existan causas imprevistas, la fecha de inicio de las labores de apoyo consideradas en el anexo de la presente resolución legislativa, siempre que dicha modificación no exceda el tiempo de permanencia establecido y se realice antes del ingreso al territorio de la República del Perú.

2.2. De ser el caso, el ministro de Defensa procede a dar cuenta de la modificación de las fechas dispuestas en la presente resolución legislativa a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República en un plazo de cuarenta y ocho horas después de expedida dicha resolución suprema.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los treintaiún días del mes de octubre de dos mil veinticuatro.

EDUARDO SALHUANA CAVIDES
Presidente del Congreso de la República

CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Lima, 1 de noviembre de 2024

Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros

ANEXO

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PERSONAL Y DE SU DOTACIÓN


DESCARGAR ANEXO: (.PDF)

[El Peruano: 02/11/2024]

DESCARGAR: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 32151 (.PDF)


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