RES. N° 1288-2024-UNHEVAL.- Aprueban la reducción del marco presupuestal en el Presupuesto Institucional del Pliego 525 Universidad Nacional Hermilio Valdizán



RES. N° 1288-2024-UNHEVAL.- Aprueban la reducción del marco presupuestal en el Presupuesto Institucional del Pliego 525 Universidad Nacional Hermilio Valdizán
INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Aprueban la reducción del marco presupuestal en el Presupuesto Institucional del Pliego 525 Universidad Nacional Hermilio Valdizán

UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO

Rectorado SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1288-2024-UNHEVAL


Cayhuayna, 26 de diciembre de 2024

VISTOS, los documentos que se acompañan en ocho (08) folios;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; artículo concordado con la Ley 30220, Ley Universitaria y sus modificatorias, y el Estatuto de la UNHEVAL;

Que, a través de la Ley Nº 31953, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y con la Resolución Consejo Universitario Nº 4335-2023-UNHEVAL, del 29.DIC.2023, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2024 del pliego 525 de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, por un monto total de S/. 148 471 423.00 (ciento cuarenta y ocho millones cuatrocientos setenta y uno mil cuatrocientos veintitrés y 00/100 soles); por toda Fuente de Financiamiento en el ámbito de Función Programa, Sub-Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico de Gastos;

Que, a través de la Ley N° 32185, LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2025, publicado en el diario oficial El Peruano, el 11 de diciembre de 2024, se aprobó el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025, el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2025 por el monto de S/ 251 801 045 185,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS UN MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), que comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, agrupados en Gobierno Central e instancias descentralizadas, conforme a la Constitución Política del Perú;

Que, asimismo, en la CENTÉSIMA VIGÉSIMA SEGUNDA Medida para la modificación del presupuesto institucional por las fuentes de financiamiento distintas a Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, publicado en el diario oficial El Peruano, el 11 de diciembre de 2024, establece lo siguiente: 1.Autorizar, en el Año Fiscal 2024, a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, a modificar su presupuesto institucional respecto a los recursos correspondientes a saldos de balance por las fuentes de financiamiento distintas a Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, solo para reducir su Presupuesto Institucional Modificado. 2.Autorizar, en el Año Fiscal 2024, a los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, a modificar su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Determinados correspondiente a: i) los rubros Fondos de Compensación Regional (FONCOR) y Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN), y, ii) los ingresos por canon, sobre canon y renta de aduanas; provenientes de los ingresos percibidos por dichos conceptos en el Año Fiscal 2024; solo para reducirlo hasta por el monto que resulte de la diferencia entre el Presupuesto Institucional Modificado y el monto de los ingresos percibidos. 3.La modificación del presupuesto institucional autorizada en el presente artículo se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de los pliegos del Gobierno Nacional, y mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal para el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente. La resolución del titular de la entidad y el acuerdo del consejo regional se publica en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo del consejo municipal se pública en la sede digital del gobierno local. Copia de la resolución, acuerdo de conejo regional y acuerdo de consejo municipal, según corresponda, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 4.La presente disposición entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente ley;

Que el jefe de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, mediante Oficio Múltiple N° 00088-2024-MINEDU/SPE-OPEP, del 18.DIC.2024, en atención a lo dispuesto en la Ley N° 32185; recomienda y exhorta al Director de Planeamiento y Presupuesto de la UNHEVAL, evaluar las proyecciones de ejecución presupuestal al cierre del año fiscal 2024, con el objetivo de poder reducir, de ser el caso, su Presupuesto Institucional Modificado en aplicación del marco dado por la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

Que, a través de la Elevación N° 041-2024-UNHEVAL/OPyP-D, del 26.DIC.2024, el director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 0300-2024-UNHEVAL/OPyP-UPPyM-UFP-C, de fecha 26 de diciembre de 2024, de la Unidad Funcional de Presupuesto, solicita al rector la autorización, mediante resolución, sobre la reducción del marco presupuestal de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados por el monto de S/. 130.804.00, en mérito a la centésima vigésima segunda disposición complementaria de la Ley N° 32185, posterior a la emisión del acto administrativo es necesario su publicación en el diario oficial El Peruano;

Que el rector, con el Proveído N° 2404-2024-UNHEVAL-R, remite el caso a Secretaría General para que se emita la resolución correspondiente; y,

Estando a las atribuciones conferidas al rector por la Ley 30220, Ley Universitaria y sus modificatorias; por el Estatuto y el Reglamento General de la UNHEVAL; por la Resolución N° 067-2021-UNHEVAL-CEU, del 09.AGO.2021, del Comité Electoral Universitario de la UNHEVAL, que proclamó y acreditó, a partir del 02.SET.2021 hasta el 01.SET.2026, al rector y vicerrectores de la UNHEVAL; asimismo, teniendo en cuenta el Oficio Nº 5224-2021-SUNEDU-02-15-02, emitido por la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), a través del cual informa el registro de datos de las autoridades de la UNHEVAL; y la Resolución Rectoral N° 0066-2024-UNHEVAL, ratificada con la Resolución Consejo Universitario N° 0670-2024-UNHEVAL, que designó a la secretaria general de la UNHEVAL, a partir del 19.ENE.2024;

SE RESUELVE:

1º.- APROBAR
la reducción del marco presupuestal en el Presupuesto Institucional del Pliego 525 Universidad Nacional Hermilio Valdizán, en mérito a la Centésima Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por el monto de S/. 130,804.00 (CIENTO TREINTA MIL OCHOCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al siguiente detalle; por lo expuesto en los considerandos precedentes:

INGRESOS (En soles)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

2.
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

1 INGRESOS PRESUPUESTARIOS 130,804

1.9 SALDO DE BALANCE 130,804

1.9.1 SALDO DE BALANCE 130,804

1.9.1.1 SALDO DE BALANCE 130,804

1.9.1.1.1 SALDO DE BALANCE 130,804

TOTAL INGRESOS 130,804

EGRESOS (En soles)


PLIEGO 525. UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN

UNIDAD EJECUTORA 103.UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN

CATEGORIA PRESUPUESTAL 9001 ACCIONES CENTRALES

PRODUCTO 3999999 SIN PRODUCTO

ACTIVIDAD 5000003 GESTIÓN ADMINISTRATIVA

FUNCION 22.EDUCACIÓN

DIVISION FUNCIONAL 006 GESTIÓN

GRUPO FUNCIONAL 0008. ASESORAMIENTO Y APOYO

FINALIDAD 0000009. ACCIONES ADMINISTRATIVAS

FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

GASTOS CORRIENTES

2.3
BIENES Y SERVICIOS 130,804

TOTAL UNIDAD EJECUTORA 130,804

TOTAL PLIEGO 130,804

======

2º.-
AUTORIZAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Unidad Funcional de Presupuesto, elabore la correspondiente "Nota de Modificación Presupuestaria" que se requiera como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

3º.- REMITIR copia de la presente Resolución, dentro de los cinco (05) días calendarios, a los órganos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

4º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Rectoral en el diario oficial El Peruano, en el Portal de Transparencia Universitaria (www.unheval.edu.pe), y en la Plataforma GOB.PE (https://www.gob.pe/unheval); por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución.

5º.- DAR A CONOCER esta Resolución a los órganos, unidades orgánicas y unidades funcionales competentes para que procedan conforme a sus atribuciones.

Regístrese, comuníquese y archívese.

GUILLERMO A. BOCANGEL WEYDERT
Rector

NINFA Y. TORRES MUNGUIA
Secretaria General

[El Peruano: 21/01/2025]


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