RES. N° 0091-2025-APN-GG.- Aprueban la programación de los procesos de evaluación y selección de Instructores de Capacitación Portuaria para los cursos de la especialización del trabajo portuario, correspondientes al año 2025 (marzo, julio y noviembre)



RES. N° 0091-2025-APN-GG.- Aprueban la programación de los procesos de evaluación y selección de Instructores de Capacitación Portuaria para los cursos de la especialización del trabajo portuario, correspondientes al año 2025 (marzo, julio y noviembre)
AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL

Aprueban la programación de los procesos de evaluación y selección de Instructores de Capacitación Portuaria para los cursos de la especialización del trabajo portuario, correspondientes al año 2025 (marzo, julio y noviembre)

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 0091-2025-APN-GG


Callao, 6 de febrero de 2025

VISTO:

El Informe Técnico Nº 001-2025-APN/DOMA de fecha 13 de enero de 2025 de la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente y el Informe Legal Nº 064-2025-APN/UAJ de fecha 31 de enero de 2025 de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), así como el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM, la Autoridad Portuaria Nacional (APN) es un Organismo Técnico Especializado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, los numerales 12 y 15 del artículo 3 de la referida Ley disponen como lineamientos de la Política Portuaria Nacional, la promoción del empleo portuario, como consecuencia de la capacitación y profesionalización de los trabajadores portuarios y la especialización y capacitación permanente de los trabajadores, así como la protección de sus derechos laborales y condiciones de vida, respectivamente;

Que, en el literal n) del artículo 24 de la misma Ley se establece como una de las atribuciones de la Autoridad Portuaria Nacional el fomentar el empleo portuario, su calidad y el logro de una mayor estabilidad como consecuencia de la capacitación hacia la mayor especialización y polifuncionalidad de los trabajadores portuarios; mientras que el literal o) de la norma antes mencionada contempla como una de las atribuciones de esta entidad, el establecer las normas para mejorar la calidad total del Sistema Portuario Nacional y la seguridad industrial en los puertos, mediante el fomento de la inversión y capacitación general en técnicas de operaciones portuarias y de higiene y seguridad en el trabajo; y la vigilancia del cumplimiento de las normas nacionales e internacionales en esta materia;

Que, el artículo 1 de la Resolución de Gerencia General Nº 0638-2023-APN-GG dispuso dejar sin efecto diversas Resoluciones de Gerencia General (RGG), entre ellas la RGG Nº 0354- 2020-APN-GG de fecha 29 setiembre 2020, mediante la cual se autorizó el funcionamiento de la Unidad de Capacitación Portuaria - UCAP Y en su artículo 2 resolvió que las funciones asignadas a la UCAP sean ejercidas por la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente - DOMA, conforme a lo establecido en el artículo 19 del ROF de la APN, básicamente en cuanto a lo referido a los cursos de la especialización del trabajo portuario, establecidos en la Ley del Trabajo Portuario, Ley Nº 27866;

Que, mediante Informe Técnico del visto, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente informa que, en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución de Acuerdo de Directorio N° 025-2014-APN/DIR (RAD 025-2014) y su modificatoria, mediante la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 010-2015-APN/DIR (RAD 010-2015), la evaluación de los postulantes para instructores de capacitación portuaria para los cursos de la especialización del trabajo portuario debe llevarse a cabo en los meses de marzo, julio y noviembre de cada año, proponiendo para tal fin los respectivos procesos de evaluación;

Que, mediante Informe Legal del visto, la Unidad de Asesoría Jurídica concluye que resulta jurídicamente viable la aprobación del proceso de evaluación y selección de Instructores de Capacitación Portuaria para los cursos de la especialización del trabajo portuario, correspondientes al año 2025, propuesto por la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente y recomienda a la Gerencia General su aprobación;

Que, de acuerdo con el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS de fecha 15 de enero de 2009, el referido proceso de evaluación y selección de Instructores de Capacitación Portuaria para los cursos de la especialización del trabajo portuario, correspondiente al año 2025, deberá publicarse para facilitar su conocimiento y la debida difusión a la ciudadanía;

Que, el Decreto Supremo Nº 020-2024-MTC aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APN estableciendo, entre otros, que la APN adecuará sus documentos de gestión y de gestión interna de acuerdo con lo establecido en el ROF, en un plazo no mayor a ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia del mismo Decreto Supremo; mientras que mediante Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 001-2025-APN-DIR se aprobó la Sección Segunda del ROF de la APN disponiendo, entre otros, que las denominaciones de los cargos estructurales de las unidades de organización contenidos en el ROF aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034- 2004-MTC continúan vigentes hasta la implementación dispuesta en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 020-2024-MTC;

De conformidad con la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Decreto Supremo Nº 020-2024-MTC que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional y la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 001-2025- APN/DIR que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional - APN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
Aprobar la programación de los procesos de evaluación y selección de Instructores de Capacitación Portuaria para los cursos de la especialización del trabajo portuario, correspondientes al año 2025 (marzo, julio y noviembre):

Primer Proceso de selección marzo 2025:

» Cierre de inscripciones para postular: 03 marzo 2025

» Resultados de la evaluación de expedientes: 10 marzo 2025

» Evaluación de postulantes que han aprobado los requisitos: del 17 al 21 marzo 2025

» Horario: mañanas de 09:30 a 12:30 horas, tardes: de 15:00 a 17:00 horas

» Resultado de postulantes aprobados a ICP: 28 marzo 2025

Segundo Proceso de selección julio 2025:

» Cierre de inscripciones para postular: 04 julio 2025

» Resultados de la evaluación de expedientes: 10 julio 2025

» Evaluación de postulantes que han aprobado los requisitos: del 21 al 25 julio 2025

» Horario: mañanas de 09:30 a 12:30 horas, tardes: de 15:00 a 17:00 horas

» Resultados de postulantes aprobados a ICP: 31 julio 2025

Tercer Proceso de selección noviembre 2025:

» Cierre de inscripciones para postular: 03 noviembre 2025

» Resultados de la evaluación de expedientes: 11 noviembre 2025

» Evaluación de postulantes que han aprobado los requisitos: del 17 al 21 noviembre 2025

» Horario: mañanas de 09:30 a 12:30 horas; tardes de 15:00 a 17:00 horas

» Resultados de postulantes aprobados a ICP: 27 noviembre 2025

Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Relaciones Institucionales de la Autoridad Portuaria Nacional efectúe la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal digital única del Estado Peruano www.gob.pe/apn.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE CHÁVEZ OLIDEN
Gerente General (e)

[El Peruano: 07/02/2025]


¡Únete a nuestro canal en Whatsapp para recibir Noticias Actualizadas!
https://whatsapp.com/channel/educacionenred



Con la tecnología de Blogger.