R. J. N° 000017-2025/JNAC/RENIEC.- Modifican el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 000201-2024/ JNAC/RENIEC, sobre autorización de gratuidad hasta la meta de ciento dieciséis mil (116,000) procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales- RUIPN, para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad - DNI, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social - DRIAS



R. J. N° 000017-2025/JNAC/RENIEC.- Modifican el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 000201-2024/ JNAC/RENIEC, sobre autorización de gratuidad hasta la meta de ciento dieciséis mil (116,000) procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales- RUIPN, para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad - DNI, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social - DRIAS
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

Modifican el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 000201-2024/JNAC/RENIEC, sobre autorización de gratuidad hasta la meta de ciento dieciséis mil (116,000) procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales- RUIPN, para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad - DNI, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social - DRIAS

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000017-2025/JNAC/RENIEC


Lima, 3 de febrero del 2025

VISTOS:

El Informe Nº 000001-2025/DRIAS/RENIEC (21ENE2025) de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevación Nº 000020-2025/OPP/RENIEC (23ENE2025) de la Oficina de Planificación y Presupuesto, hoy Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 000031-2025/OPP/UP/RENIEC (22ENE2025), de la Unidad de Presupuesto; el Informe N° 000021-2025/OPP/UPE/RENIEC (23ENE2025) de la Unidad de Planificación y Estadística, hoy Unidad de Planeamiento e Inversiones, ambas unidades de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando Nº 000014-2025/GG/RENIEC (29ENE2025) de la Gerencia General y el Informe Nº 000118-2025/OAJ/RENIEC (30ENE2025) de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del RENIEC mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad;

Que el derecho a la identidad, consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificación que los individualice de los demás;

Que por diversos factores de orden estructural, económico, normativo, sociocultural o geográfico, no todos los nacionales acceden a dichos documentos, situación que acentúa su exclusión social y vulnerabilidad, generando a la ciudadanía severos inconvenientes para el pleno ejercicio de sus derechos y para la realización de actos jurídicos, comerciales, administrativos; incluso para acreditar su identidad ante diversas dependencias del Estado y del sector privado;

Que asimismo, en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el RENIEC desde el año 2003, viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del Documento Nacional de Identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros;

Que mediante Resolución Jefatural Nº 000201-2024/JNAC/RENIEC (26DIC2024) se dispuso en el artículo primero, autorizar la gratuidad hasta la meta de ciento dieciséis mil (116,000) procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales- RUIPN, para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad - DNI, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social - DRIAS, desde el primer día hábil del mes de enero 2025 hasta el 31 de diciembre del 2025;

Que en virtud a ello, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, mediante documento de vistos, solicita la emisión del acto resolutivo que autorice la modificación del artículo primero de la Resolución Jefatural N° 000201-2024/JNAC/RENIEC (26DIC2024) para incorporar el literal "f) Rectificación o renovación del DNI de la persona mayor de edad que incluya de manera afirmativa su condición de donante de órganos y tejidos, con fines de trasplante o injerto, después de su muerte.", manteniéndose inalterable en lo demás que contiene;

Que el artículo 98° del Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado con Decreto Supremo N° 015-98-PCM, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;

Que la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través de los documentos de vistos, emite opinión favorable a la propuesta de modificación de la Resolución Jefatural N° 000201-2024/JNAC/RENIEC (26DIC2024), precisando que la incorporación del literal f) propuesto, no modifica la meta física inicial de 116,000 procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN);

Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, evalúa lo solicitado y emite opinión favorable respecto a la propuesta de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social;

Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente;

Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y,

Estando a la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024); y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.-
Modifíquese el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 000201-2024/JNAC/RENIEC (26DIC2024) quedando redactado de la siguiente manera:

Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad hasta la meta de ciento dieciséis mil (116,000) procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales - RUIPN, para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad - DNI, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social - DRIAS, desde el primer día hábil del mes de enero 2025 hasta el 31 de diciembre del 2025, en las siguientes modalidades:

a) Inscripción por primera vez, para población vulnerable indocumentada menor y mayor de edad que habiten en todos los distritos del Perú.

b) Renovación y actualización de datos para niños, niñas y adolescentes de 0 a 17 años de edad que habiten en todos los distritos del Perú.

c) Renovación, duplicados, actualización de imágenes y rectificación de datos (a excepción de rectificación de domicilio), dirigidos a personas mayores que habiten en 761 distritos seleccionados y categorizados como pobres y muy pobres conforme a los quintiles 1 y 2 de pobreza, en base a la metodología del Ministerio de Economía y Finanzas, así como por el Mapa de Pobreza Provincial y Distrital 2018, señalados en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

d) Renovación, duplicados, actualización de imágenes y rectificación de datos (a excepción de rectificación de domicilio), dirigidos a personas mayores que habiten en 140 distritos con comunidades nativas, de ámbitos VRAEM y zonas de frontera seleccionados y categorizados como pobres y muy pobres conforme al Mapa de Pobreza Provincial y Distrital 2018, señalados en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

e) Renovación, duplicados, actualización de imágenes y rectificación de datos (a excepción de rectificación de domicilio), dirigidos a personas mayores que cuenten con la constancia de clasificación socioeconómica Sisfoh (pobre o pobre extremo) en todos los distritos del Perú.

f) Rectificación o renovación del DNI de la persona mayor de edad que incluya de manera afirmativa su condición de donante de órganos y tejidos, con fines de trasplante o injerto, después de su muerte.

Artículo Segundo.- Declarar que quedan subsistentes los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 000201-2024/JNAC/RENIEC (26DIC2024).

Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Direcciones de: Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Servicios Registrales, Certificación y Servicios Digitales, Registros de Identificación; y, a las Oficinas de: Tecnologías de la Información, Administración y Finanzas y Planeamiento, Presupuesto y Modernización.

Artículo Cuarto.- La presente Resolución Jefatural se publica en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec).

Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones y Prensa la difusión del contenido de esta para la publicidad a la población.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional

[El Peruano: 04/02/2025]


¡Únete a nuestro canal en Whatsapp para recibir Noticias Actualizadas!
https://whatsapp.com/channel/educacionenred



Con la tecnología de Blogger.