
Dejan sin efecto los efectos jurídicos de la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000075-2025-DGPA-VMPCIC/MC
San Borja, 3 de marzo del 2025
Vistos, el informe N° 000265-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 22 de febrero de 2025 de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Informe N° 000068-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC de fecha 26 de febrero del 2025 de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y;
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 28 de enero de 2025 se determina la Protección Provisional del sitio arqueológico "Huaca Lafora", ubicado en el distrito de Pomalca, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, de acuerdo con las especificaciones del Plano Perimétrico con código PPROV-007-MC-DGPADSFL-2021 WGS84;
Que, la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria mediante Hoja de Envío N° 000133-2025/OACGD-SG/MC informa que "El Peruano" ha observado la publicación de la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC al haberse detectado un error material en el Artículo Primero en dicha resolución, el cual dice "Determinan la protección provisional sitio arqueológico "Huaca Lafora", debiendo ser "Protección provisional del sitio arqueológico "Huaca Lafora". Asimismo, en la fecha, reporta el área administrativa de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble que la indicada Resolución se encontraba en tránsito de notificaciones a otras áreas del Ministerio de Cultura y otras entidades públicas, dificultando enmendar el error material desde su origen;
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2017-MC se incorporó el Capítulo 13 al Reglamento de la Ley N° 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, que introdujo el régimen de la determinación de la protección provisional de los bienes que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, mediante Resolución Viceministerial N° 077-2018-VMPCIC-MC de fecha 05 de julio del 2018, se aprobó la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC denominada "Lineamientos técnicos y criterios generales para la determinación de la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación".
Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 000001-2025-VMPCIC-MC de fecha 02 de enero de 2025 y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 05 de enero de 2025, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales delegó a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, por el ejercicio fiscal 2025, la facultad de determinar la protección provisional de los bienes inmuebles prehispánicos que se presumen integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, se procedió a emitir la Resolución Directoral N° 000070-2025-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 13 de febrero de 2025 en los mismos términos que la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC; mientras que se desestimó la solicitud de publicación de la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC en el Diario Oficial El Peruano.
Que, de otro lado, mediante Informe N° 000265-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC la Dirección De Catastro y Saneamiento Físico Legal remite el Informe N° 000105-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LBM/MC en el que se informa sobre la duplicidad en las resoluciones de protección provisional antes mencionadas;
Que, al respecto, atendiendo a que la Resolución Directoral N° 000070-2025-DGPA/VMPCIC/MC ha sido publicada en el diario Oficial el Peruano el pasado 15 de febrero último, por lo tanto, el contenido del mismo ha sido de conocimiento de la ciudadanía y aquellos cuyos intereses o derechos legítimos puedan verse afectados por las medidas previstas, se considera viable emitir acto administrativo que deje sin efecto la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 28 de enero de 2025;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2022-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas; y el Decreto Supremo N° 004-2019- JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO los efectos jurídicos de la Resolución Directoral N° 000047-2025-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 28 de enero del 2025, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo Segundo.- COMUNICAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque y a la Dirección de Catastro y Saneamiento físico Legal, lo dispuesto en la presente resolución para los fines que considere pertinentes.
Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los Informes N° 000265-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Informe N° 000068-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC de fecha 26 de febrero de 2025 a la Municipalidad Distrital de Pomalca para los fines del caso.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ).
Regístrese y comuníquese.
MOIRA ROSA NOVOA SILVA
Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble
[El Peruano: 08/03/2025]
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