
Aprueban el Formato de Acción a que se refiere el literal a) del numeral 5.1 del artículo 5 del D.U. N° 001-2025, Decreto de Urgencia que aprueba medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y financiera, por afectación a la infraestructura de puentes ubicados en las Redes Viales que forman parte del Sistema Nacional de Carreteras por intensas precipitaciones pluviales o peligros asociados
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0299-2025-MTC/16
Lima, 25 de marzo del 2025
VISTOS:
El Informe N° 0716-2025-MTC/16.02 del 24 de marzo de 2025, de la Dirección de Evaluación Ambiental; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), establece el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, el artículo 134 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del MTC, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0658-2021-MTC/01, señala que la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM) es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce la autoridad ambiental en el sector transportes, responsable de implementar acciones en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades y proyectos de infraestructura y servicios de transportes, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y la Política Nacional del Ambiente; y, conforme al literal o) del artículo 135 del precitado Texto Integrado, la DGAAM tiene, entre otras funciones, aquellas que le sean dadas por normativa expresa;
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 001-2025 se establecen medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y financiera, que permitan al Estado peruano realizar de manera célere las intervenciones requeridas en la infraestructura de puentes ubicados en las Redes Viales que forman parte del Sistema Nacional de Carreteras por la afectación de la misma y ante el peligro inminente de que ocurran daños o desastres en dicha infraestructura como consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales o peligros asociados; así como aquellas intervenciones que se realicen con ocasión de las declaraciones de emergencia en el servicio de transporte, efectuadas en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la referida norma;
Que, con la finalidad de que las entidades competentes, los concesionarios, y en su caso, las empresas contratistas, entre otros, autorizadas excepcionalmente por el mencionado Decreto de Urgencia a realizar las intervenciones señaladas en el considerando precedente, puedan cumplir con su obligación de comunicar a la autoridad ambiental competente sobre las medidas de manejo implementadas; conforme al literal a) del numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 001-2025, la DGAAM aprueba el Formato de Acción mediante resolución directoral;
Que, el Informe N° 0716-2025-MTC/16.02 sustenta que el Formato de Acción que aprueba la DGAAM contiene lineamientos para que las entidades ejecutoras, titulares de proyectos, entre otros, autorizadas excepcionalmente a ejecutar las intervenciones correspondientes en el marco del Decreto de Urgencia N° 001 -2025, puedan cumplir con la obligación de comunicar a la autoridad ambiental competente sobre las medidas de manejo implementadas dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a su culminación;
Que, la resolución directoral que aprueba el Formato de Acción es una norma de carácter general que regula y estandariza la información que deben remitir las unidades ejecutoras y titulares de proyectos para cumplir con la obligación establecida en el literal a) del numeral 5.1 del Decreto de Urgencia N° 001-2025, es decir, de comunicar a la autoridad ambiental competente de las medidas implementadas para que pueda ejercer su función de fiscalización ambiental, sobre la base de la información comunicada y declarada por dichas unidades ejecutoras y titulares de proyectos.
Que, conforme al artículo 5 del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, la publicación oficial de las normas jurídicas de carácter general es esencial para su entrada en vigencia. Las entidades de la Administración Pública emisoras son responsables de disponer su publicación obligatoria en los términos y condiciones establecidas en el presente Reglamento y demás normas que resulten aplicables;
De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del MTC; Decreto de Urgencia N° 001-2025, Decreto de urgencia que aprueba medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera por afectación a la infraestructura de puentes ubicados en las redes viales que forman parte del sistema nacional de carreteras, por intensas precipitaciones pluviales o peligros asociados; Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, la Resolución Ministerial Nº 0658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el Formato de Acción a que se refiere el literal a) del numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 001-2025, Decreto de Urgencia que aprueba medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y financiera, por afectación a la infraestructura de puentes ubicados en las Redes Viales que forman parte del Sistema Nacional de Carreteras por intensas precipitaciones pluviales o peligros asociados, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- DISPONER que la información contenida en el Formato de Acción tiene carácter de declaración jurada, estando sujeta al principio de presunción de veracidad de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y el Anexo que lo contiene en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del MTC (www.gob.pe/mtc).
Regístrese y publíquese.
MILAGROS DEL PILAR VERÁSTEGUI SALAZAR
Directora General de la Dirección
General de Asuntos Ambientales
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[El Peruano: 30/03/2025]
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