RES. N° 015-2025-INEI.- Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 (PEP) para las actividades censales del Instituto Nacional de Estadística e Informática



RES. N° 015-2025-INEI.- Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 (PEP) para las actividades censales del Instituto Nacional de Estadística e Informática
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 (PEP) para las actividades censales del Instituto Nacional de Estadística e Informática

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 015-2025-INEI


Lima, 24 de marzo de 2025

Visto el Informe N° 000001-2025-INEI/OTD de la Oficina Técnica de Difusión, el Oficio N° 008521-2024-INEI/DNCE y el Oficio N° 4846-2025-INEI/DNCE de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 604, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, es el organismo rector del Sistema Nacional de Estadística, tiene personería jurídica de derecho público interno con autonomía técnica y de gestión; y de acuerdo al Decreto Supremo N° 058-2011-PCM es un Organismo Técnico Especializado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, los Censos Nacionales de Población, Vivienda y Comunidades Indígenas constituyen la fuente primaria más importante de información estadística de un país para conocer la estructura, crecimiento y distribución de la población, viviendas y comunidades indígenas, y su distribución espacial dentro del territorio nacional; además, sirven de insumo para la adecuada formulación y evaluación de los planes nacionales de desarrollo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 063-2024-PCM, se han declarado de interés y prioridad nacional la ejecución de los Censos Nacionales XIII de Población, VIII de Vivienda y IV de Comunidades Indígenas, a realizarse en el año 2025;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 3, inciso m) del Decreto Supremo Nº 064-2023-PCM, que aprueba el Reglamento de los requisitos para la autorización de realización de publicidad estatal establecidos en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, modificada por la Ley N° 31515, la publicidad estatal es "la información que las entidades públicas difunden con fondos y recursos públicos en medios de comunicación (prensa escrita, radio y televisión) a través de mensajes orientados a promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del ambiente, el pago de impuestos, entre otros, así como la difusión de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias";

Que, la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, modificada por la Ley N° 31515, conforme a lo establecido en el artículo 1, tiene como objetivo establecer los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local destinen al rubro de publicidad en prensa escrita, radio y televisión;

Que, adicionalmente, el artículo 3 de la citada ley señala que, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, para la autorización de la realización de publicidad estatal, se deberá contar, entre otros requisitos, con un Plan de Estrategia Publicitaria, acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales;

Que, mediante Oficio N° 008521-2024-INEI/DNCE, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas remite a la Oficina Técnica de Difusión el sustento para la Elaboración de la Campaña Publicitaria de los Censos Nacionales 2025: XIII de Población, VIII de Vivienda y IV de Comunidades Indígenas en base al Informe N° 155-2024-INEI/DNCE-CPV, de fecha 29 de noviembre de 2024, elaborado por la responsable de la ejecución de los Censos Nacionales; en el que se aprecia los objetivos establecidos, así como los resultados esperados;

Que, mediante Informe N° 000001-2025-INEI/OTD, la Oficina Técnica de Difusión solicita la aprobación del Plan de Estrategia Publicitaria - PEP 2025 para la implementación de la Campaña de Publicidad de los Censos Nacionales 2025 mediante Resolución Secretarial;

Que, a través del Oficio N° 004846-2025-INEI/DNCE, de fecha 14 de marzo 2025 la Dirección Nacional de Censos y Encuestas manifiesta que la Campaña Publicitaria cuenta con una programación presupuestal de la Meta 0054: Censos Nacionales: XIII de Población, VIII de Vivienda y IV de Comunidades Indígenas, en la específica de gastos 2.3.22.4.1 servicio de publicidad, cuyo monto total asciende a S/ 16 500 000,00 (Dieciséis Millones Quinientos Mil con 00/100 Soles), destinados a la implementación de la campaña de prensa, campaña de publicidad, campaña de relaciones públicas y campaña de redes sociales para la actividad censal;

Que, la propuesta del Plan de Estrategia Publicitaria remitida cumple con los requisitos establecidos por las normas legales aplicables; siendo que, conforme a lo informado por la Oficina Técnica de Difusión, la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha remitido a dicho órgano, el visto bueno al Plan Estratégico de Publicidad;

Con las visaciones de la Oficina Técnica de Difusión; Dirección Nacional de Censos y Encuestas y Oficina Técnica de Planificación, Presupuesto y Cooperación Técnica, y;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática y de las atribuciones conferidas mediante Resolución Jefatural N° 002-2025-INEI publicada en el Diario Oficial El Peruano el 3 de enero 2025; delega al Secretario General en materia administrativa y de gestión, aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria del Instituto Nacional de Estadística e Informática, conforme a lo establecido en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal; así como las modificaciones que se requieran.

SE RESUELVE:

Artículo 1.-
APROBAR el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 (PEP) para las actividades censales del Instituto Nacional de Estadística e Informática, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina Técnica de Difusión implemente, monitoree, supervise y evalúe el cumplimiento de lo establecido en el Plan de Estrategia Publicitaria 2025 (PEP) para las actividades censales del Instituto Nacional de Estadística e Informática, debiendo considerar el estricto cumplimiento de la normatividad aplicable.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y su Anexo, en la sede digital del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI (https://www.gob.pe/inei/), el mismo día de la publicación de la Resolución de Secretaría General en el diario oficial El Peruano.

Regístrese y comuníquese.

FRANCISCO JAVIER CASARETTO FONSECA
Secretario General

[El Peruano: 26/03/2025]


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