RES. N° 00075-2025-SUNARP/SN.- Disponen publicación del proyecto normativo que aprueba el procedimiento especial electrónico de cambio de placa única nacional de rodaje a través del SID-Sunarp y modifica el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 039-2013-SUNARP-SN, así como la exposición de motivos que lo sustenta



RES. N° 00075-2025-SUNARP/SN.- Disponen publicación del proyecto normativo que aprueba el procedimiento especial electrónico de cambio de placa única nacional de rodaje a través del SID-Sunarp y modifica el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 039-2013-SUNARP-SN, así como la exposición de motivos que lo sustenta
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

Disponen publicación del proyecto normativo que aprueba el procedimiento especial electrónico de cambio de placa única nacional de rodaje a través del SID-Sunarp y modifica el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 039-2013-SUNARP-SN, así como la exposición de motivos que lo sustenta

RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 00075-2025-SUNARP/SN


Lima, 23 de mayo de 2025

VISTOS:

El Informe Nº 00162-2025-SUNARP/DTR, del 22 de mayo de 2025, de la Dirección Técnica Registral; el Informe Nº 00491-2025-SUNARP/OAJ, del 23 de mayo de 2025, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) es un organismo técnico especializado del sector Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional;

Que, conforme al segundo párrafo del artículo 10 de la Ley Nº 26366, Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia de los Registros Públicos, la Sunarp se encuentra facultada para regular los procedimientos administrativos de inscripción registral y sus requisitos, incluyendo el establecimiento de plazos para dichos procedimientos;

Que, en el artículo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, se prescribe que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;

Que, en el literal a) del artículo 16 de la citada Ley, se señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, el MTC) es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad para dictar, entre otros, los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 017-2008-MTC, se aprueba el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje (en adelante, el Reglamento), el cual tiene por objeto regular la Placa Única Nacional de Rodaje como elemento de identificación vehicular durante la circulación de los vehículos por las vías públicas terrestres, estableciendo su clasificación y características, así como los procedimientos para su manufactura, obtención y expedición, con el fin de alcanzar los estándares de seguridad internacional para evitar su falsificación, adulteración, destrucción o empleo indebido y conforme a los lineamientos establecidos en la Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181;

Que, en el inciso 56.1 del artículo 56 del Reglamento se establece que procede el cambio de la Placa Única Nacional de Rodaje ante el Registro de la Propiedad Vehicular, mediante la solicitud del titular registral con firma certificada por notario o fedatario de la Oficina Registral, en concordancia con lo previsto en el literal a) del inciso 17.3 del artículo 17 del Reglamento;

Que, por otro lado, el artículo 136 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado mediante la Resolución Nº 039-2013-SUNARP/SN, recoge los requisitos para efectuar el cambio de placa única nacional de rodaje dispuesto por el MTC;

Que, dentro de un constante y continuo proceso de simplificación administrativa, la Sunarp viene desarrollando un proceso de modernización integral, implementando procesos automatizados mediante el empleo de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TICs) para la simplificación y agilización de los trámites, desde su inicio hasta su culminación, utilizando componentes de firma digital de la entidad que garanticen la seguridad del procedimiento; todo ello, con la finalidad de asegurar la mejor calidad en la prestación de sus servicios a la ciudadanía;

Que, la Sunarp se ha enfocado en el desarrollo de un servicio digital no presencial, denominado procedimiento especial electrónico de cambio de placa única nacional de rodaje, que busca la simplificación administrativa en beneficio de los ciudadanos, eliminando requisitos y reduciendo el tiempo de atención, sin perjudicar por ello la seguridad de los mismos, sustentado en lo dispuesto en el inciso 8.3 y el literal c) del inciso 8.6 del artículo VIII de la Directiva DI-002-SNR-DTR, aprobado por la Resolución Nº 120-2019-SUNARP/SN y sus modificatorias;

Que, el procedimiento especial electrónico de cambio de placa única nacional de rodaje se encuentra en el marco del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, y el Decreto Supremo Nº 033-2018-PCM que crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano;

Que, asimismo, en el inciso 28.1 del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, se establece que las entidades de la Administración Pública implementan servicios digitales innovadores, haciendo énfasis en la generación de valor para los ciudadanos y personas en general, siempre que se encuentren dentro de sus competencias, atribuciones y funciones;

Que, atendiendo a ello, es necesario dictar las normas reglamentarias vinculadas al procedimiento especial electrónico de cambio de placa única nacional de rodaje, servicio digital no presencial que busca la simplificación, la automatización (a través de la implementación de un agente automatizado) y el uso intensivo de las tecnologías de la información (uso de la firma digital de la Sunarp), sin perjuicio de preservar la seguridad jurídica que brinda el registro; en consecuencia, se prescinde del requisito exigido en el procedimiento de cambio de placa única nacional de rodaje como es el caso de la solicitud (en soporte papel) del titular registral con firma certificada por notario o fedatario de la Oficina Registral, detallado en el inciso 56.1 del artículo 56 del Reglamento y recogido en el artículo 136 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado mediante la Resolución Nº 039-2013-SUNARP/SN;

Que, en el numeral 7.5 de la Directiva DI-01-2024-SUNARP-OPPM, Directiva para la aprobación de los documentos normativos de la Sunarp, se señala que los reglamentos, directivas y demás normas de naturaleza registral vinculados al interés ciudadano, se sujetan en cuanto a su elaboración, estructura, sustento y demás aspectos, a las disposiciones específicas de producción y sistematización legislativa, y normativas específicas de la materia;

Que, considerando que el proyecto normativo contiene disposiciones de carácter general vinculadas a la modificación parcial del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, que afectan directamente procedimientos administrativos registrales y tienen un impacto significativo en los derechos e intereses de los administrados, resulta necesario aprobar su publicación en la sede digital de la Sunarp, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS;

Que, mediante el Informe Nº 00162-2025-SUNARP/DTR, la Dirección Técnica Registral sustenta la propuesta de establecer un procedimiento especial electrónico de cambio de placa única nacional de rodaje a través del SID-Sunarp y modificar el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por la Resolución Nº 039-2013-SUNARP/SN, para lo cual adjunta el proyecto de resolución que aprueba la iniciativa normativa, conjuntamente con la exposición de motivos, a la Superintendencia Nacional para evaluación y aprobación de la respectiva publicación;

Que, a través del Informe Nº 00491-2025-SUNARP/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo que dispone la publicación del proyecto normativo que aprueba el documento normativo propuesto por la Dirección Técnica Registral, al cumplirse con los presupuestos facticos y normativos;

Que, el referido órgano de asesoramiento señala que el acto resolutivo deberá materializarse por una resolución de la Superintendencia Nacional, de acuerdo a la facultad conferida en el literal y) del artículo 11 de la Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, actualizado por la Resolución Nº 125-2024-SUNARP/SN, la cual deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano;

De conformidad, con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por la Resolución Nº 125-2024-SUNARP/SN; con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral y la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo


Disponer la publicación del proyecto normativo que aprueba el procedimiento especial electrónico de cambio de placa única nacional de rodaje a través del SID-Sunarp y modifica el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, aprobado por la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 039-2013-SUNARP-SN, así como la exposición de motivos que lo sustenta, que como anexo forma parte de la presente resolución, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 2.- Recepción de comentarios

Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto mencionado en el artículo 1 puedan ser presentados a través de las oficinas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país, así como, a través de mesa de partes virtual de la Sunarp, cuya dirección web es: https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/, o remitidos a los correos electrónicos: mpanay@sunarp.gob.pe, jrojas@sunarp.gob.pe y eyanac@sunarp.gob.pe.

Artículo 3.- Órgano responsable

Encargar a la Subdirección de Normativa Registral de la Dirección Técnica Registral recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten.

Artículo 4.- Publicación

Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente Nacional

NOTA: La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ha solicitado precisar que los Anexos de la Resolución Nº 075-2025-SUNARP/SN se visualizarán en la siguiente página web: https://www.gob.pe/institucion/sunarp/colecciones/865-resoluciones-de-superintendencia-nacional

[El Peruano: 24/05/2025]


¡Únete a nuestro canal en Whatsapp para recibir Noticias Actualizadas!
https://whatsapp.com/channel/educacionenred



Con la tecnología de Blogger.