
Decreto Supremo que modifica el Calendario Oficial de la aplicación progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
DECRETO SUPREMO Nº 011-2025-JUS
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo único del Decreto Legislativo Nº 1348, dispone la aprobación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes como una norma integral, sistemática, autónoma y especializada en materia de adolescentes en conflicto con la ley penal;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1348 dispone que la aplicación de dicha norma, se realizará de manera progresiva en los diferentes distritos judiciales mediante calendario oficial aprobado por Decreto Supremo; igualmente, establece una excepción a los artículos comprendidos en los Títulos I y II de la Sección VII, así como los Títulos I y II de la Sección VIII del Código, los cuales se vienen aplicando desde la publicación de su reglamento en el Diario Oficial;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1348 dispone la creación de la Comisión Multisectorial Permanente de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, la cual es integrada por representantes del Ministerio del Interior, del Ministerio Público, del Poder Judicial, del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, precisando que, éste último, la preside;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-JUS se aprueba el Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, cuyo artículo 1 señala que tiene por objeto regular las disposiciones generales sobre el proceso de responsabilidad penal de adolescentes, así como la ejecución de medidas socioeducativas y lo que concierne a la Comisión Multisectorial Permanente del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes;
Que, en el artículo 212 del citado Reglamento, se dispone que la Comisión Multisectorial Permanente de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, es la máxima autoridad en materia del proceso de implementación de dicho código;
Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2024-JUS, se aprueba el nuevo Calendario Oficial de la Aplicación Progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, estableciéndose como fecha de entrada en vigencia el 1 de octubre de 2024, en los distritos judiciales de Lima Norte, Puente Piedra - Ventanilla y Callao, y así sucesivamente en los demás distritos judiciales a nivel nacional hasta el 1 de agosto de 2028;
Que, a través el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 010-2024-JUS que modifica el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2024-JUS, se dispone el 1 de agosto de 2025 como fecha de entrada en vigencia del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en los distritos judiciales de Lima Norte, Puente Piedra - Ventanilla y Callao, finalizando el 1 de agosto de 2029 en los distritos judiciales de Loreto, Madre de Dios, Moquegua y Tacna;
Que, la Comisión Multisectorial Permanente de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en su XI Sesión de fecha 1 de abril de 2025, tomando en consideración que, a pesar de las gestiones realizadas durante el 2024 y 2025, no se lograron obtener los recursos presupuestales previstos y advirtiendo la próxima entrada en vigencia del referido Código en los próximos tres meses, aprueba la modificación del Calendario Oficial de la Aplicación Progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, ratificando como fecha de inicio de su implementación, el 1 de agosto de 2025, pero esta vez en un solo distrito judicial, el de Lima Norte;
Que, a razón de priorizar la entrada en vigencia del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes en el distrito judicial de Lima Norte, se produce la modificación de la fecha de entrada en vigencia en los distritos judiciales del Callao y Puente Piedra Ventanilla para el 1 de abril de 2026, consecuentemente continúa en los distritos judiciales de Lima, Lima Sur, Lima Este, Cañete y Huaura el 1 de agosto de 2026;
Que, en atención a la estadística de denuncias ingresadas al Ministerio Público a junio del 2024, el distrito judicial de Lima Norte, es la jurisdicción que registra el mayor número de denuncias a nivel fiscal por infracción a la ley penal por la comisión de delitos por parte de adolescentes, en razón a ello las instituciones responsables de la implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes han priorizado dicho distrito judicial para financiar los gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, bajo la premisa de mejorar la intervención del sistema de justicia en todas sus etapas, dado que la intervención oportuna y adecuada puede interrumpir trayectorias delictivas, teniendo los adolescentes en conflicto con la ley penal mayores probabilidades de reinserción social, siendo una forma de superar los efectos negativos de la infracción y prevenir la comisión de otras futuras;
Que, en virtud a la excepción establecida en el literal b) del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, la presente norma se considera fuera del alcance de la obligación de presentar expediente AIR Ex Ante a la CMCR, al constituir disposiciones normativas para la articulación con otras entidades públicas, como es la actualización de un instrumento de articulación entre entidades para la mejor administración del sistema de justicia penal juvenil;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
DECRETA:
Artículo 1.- Modificación del Calendario Oficial de la aplicación progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes
Modificar el Calendario Oficial de la aplicación progresiva del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2024-JUS, quedando establecido de la siguiente manera:
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Artículo 2.- Publicación
El presente Decreto Supremo se publica en la Plataforma Digital única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro del Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, a los veinte días del mes de junio del año dos mil veinticinco.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
CARLOS ALBERTO MALAVER ODIAS
Ministro del Interior
JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
[El Peruano: 21/06/2025]
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