
Declaran monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble denominado "Antigua Hacienda Lircay", ubicado en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000144-2025-VMPCIC/MC
San Borja, 17 de junio del 2025
VISTOS; el Memorando N° 000554-2025-DGPC-VMPCIC/MC y el Informe N° 000499-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación N° 000334-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a todo lugar, sitio, paisaje, edificación, espacio o manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico, vernacular o tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental o bibliográfico sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la ley, dispone que el Patrimonio Cultural de la Nación está integrado por los bienes inmuebles como las construcciones, o evidencias materiales resultantes de la vida y actividad humana urbanos y/o rurales que tengan valor arqueológico, arquitectónico, histórico, religioso, etnológico, artístico, militar, social, antropológico, vernacular tradicional, científico, intelectual, tecnológico, industrial, simbólico o conmemorativo, su entorno paisajístico y los sumergidos en zonas acuáticas del territorio nacional;
Que, conforme al literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, es función exclusiva de este ministerio realizar acciones, entre otros, de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, estando a lo prescrito en el numeral 6.4 del artículo 6 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, el bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación que pertenezca al periodo posterior al prehispánico de propiedad privada conserva la condición de particular y su propietario está sujeto a las obligaciones y límites establecidos en la Ley;
Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial N° 185-2021-VIVIENDA establece que los artículos 4, 15 y literales a), b) y c) del artículo 23 de la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles y Zonas Monumentales del Reglamento Nacional de Edificaciones mantienen su vigencia hasta que el Ministerio de Cultura apruebe la norma especial que regule los aspectos señalados en los referidos artículos;
Que, el artículo 4 de la norma, define al monumento como la creación arquitectónica aislada, así como el sitio urbano o rural que expresa el testimonio de una civilización determinada, de una evolución significativa, o de un acontecimiento histórico. Tal noción comprende no solamente las grandes creaciones sino también las obras modestas, que, con el tiempo, han adquirido un significado cultural;
Que, con el Oficio N° 597-2017-GRC/DREC/DIGI/SEC, la Dirección Regional de Educación de Cusco solicita se declare como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a la ex Hacienda de Lircay - Colegio Estatal 27 de noviembre de Lucre, ubicada en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco;
Que, a través del Memorando N° 1415-2017-DDC-CUS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco remite el expediente que sustenta la declaración del referido inmueble como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, con el Oficio N° 02280-2020-MINEDU/VMGI-DIGEIE, la Dirección General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación alcanza el Informe N° 01864-2020-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DISAFIL en el cual se realizan algunas precisiones;
Que, mediante el Informe N° 000028-2024-DPHI-DGPC-VMPCIC-RFO/MC, la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble refiere haber efectuado la evaluación de la propuesta de declaración como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de la Antigua Hacienda Lircay, ubicada en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco;
Que, de acuerdo con el análisis realizado por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble, la citada propuesta se sustenta en lo siguiente:
• Descripción del inmueble:
La primigenia hacienda de Lircay fue construida en el siglo XVII y modificada a fines del siglo XIX, siendo una expresión de dos épocas de edificación muy marcadas: colonial y republicana.
En el siglo XX, el predio estuvo dividido por la vía de acceso en tres grandes espacios tendal, jardín exterior y la casa hacienda propiamente dicha. En la actualidad viene funcionando el Colegio Estatal Mixto 27 de noviembre en parte del tendal.
El conjunto arquitectónico está organizado en función a dos patios y un patinejo que colinda con el cerro Tambay, la edificación comprende predominantemente un nivel, existiendo dos niveles en el patio principal la crujía noreste y el patio secundario crujía noroeste, el inmueble edificado en la colonia que parte de un terraplén cortado en el cerro Tambay y da acceso al segundo nivel donde se encuentra el ambiente con arcos carpaneles, para luego descender al primer nivel en cuyo derredor están agrupadas las demás edificaciones.
El inmueble republicano respeta la edificación original integrándose en desniveles, siendo el nivel más alto el del patio secundario, ambos, primer y segundo patio se comunican por un zaguán que además distribuye a la galería que está en una plataforma intermedia.
• Descripción de la fachada del inmueble:
La fachada exterior la conforma un cerco perimétrico de adobe. El acceso desde la avenida Francisco Garmendia, orientado hacia el sur este, presenta dos vanos de acceso.
• Propiedad y datos catastrales:
El inmueble se encuentra inscrito en la partida N° 02005136 de la Oficina Registral de Cusco, Zona X, que contiene la ficha N° 22054, del predio denominado Colegio Secundario Estatal Mixto 27 de noviembre, de propiedad del Ministerio de Educación. Comprende un área de 24,549.88 m2, con los siguientes linderos:
- Por el norte con el cerro Tampay, en una línea quebrada de 181 ml.
- Por el sur con la avenida Francisco Garmendia s/n (prolongación), en una línea quebrada con una longitud de 183.30 ml.
- Por el este con los terrenos de la fábrica textil de Lucre, en una línea quebrada de 151.30 ml.
- Por el oeste con la urbanización Manzanayoc, en una línea quebrada de 125 ml (existe camino de herradura y lecho de riachuelo), según ficha N° 22054, rubro descripción del inmueble, asiento 01-B).
• Importancia, valor y significado cultural del inmueble:
Importancia:
La Antigua Hacienda Lircay constituye un referente de la arquitectura civil de los siglos XVII y XIX, siendo, además, pionera en el desarrollo textil de la zona, al haber sido en sus inicios el primer complejo agrícola y textil que dio paso al progreso de dicha actividad en el resto de la zona. Asimismo, mantiene su construcción original, siendo una muestra de la arquitectura mestiza que se emplaza en un contexto rural, la cual se ha mantenido inalterable hasta nuestra época, pese al impacto del tiempo y al proceso evolutivo por el que ha atravesado, manteniendo y conservando en gran porcentaje sus características originales reflejadas en el empleo del sistema constructivo y material utilizado, la configuración espacial y su características arquitectónicas que la hace singular, todos estos componentes son una respuesta a los modos de vida que se realizaba en este tipo de arquitectura.
Valores culturales:
La Antigua Hacienda Lircay posee valor histórico, dado que, constituye un testimonio documental y tangible que data de dos épocas históricas: la época colonial construida en el siglo XVII y la época republicana de inicios del siglo XIX y que aún se mantiene en pie formando parte de la memoria colectiva del lugar, siendo además pionera en el desarrollo textil de la zona, al haber sido en sus inicios un complejo agrícola y textil, representando un testimonio del desarrollo socio económico de la zona.
El citado inmueble también presenta valor arquitectónico, por ser una de las pocas edificaciones de carácter civil que se mantiene en la zona y muestra la tipología y características de la arquitectura colonial del siglo XVII y republicana de inicios del siglo XIX, representando un conjunto arquitectónico con tipología propia de la época colonial (influencia gótica renacentista) y posteriormente la integración de una arquitectura de la época republicana (influencia del estilo neoclásico) y riqueza espacial única para el uso de servicios destinado a funciones sociales y administrativas. Asimismo, la edificación, se integra con el entorno, respetando los desniveles de la topografía puesto que se encuentra empotrada en el cerro Tambay, complementándose con el paisaje urbano y rural de la zona donde se inserta, integrándose de manera armoniosa.
Además, presenta valor tecnológico, el cual se manifiesta por el sistema constructivo tradicional de la época, el uso de materiales propios de la zona: adobe en los muros, piedra en las arquerías y escaleras, sistemas de construcción de par y nudillos en las estructuras de techo y acabados con molduras en yeso, siendo materiales vinculados a las tradiciones constructivas andinas que refleja las habilidades constructivas empleadas por los artesanos locales del pasado.
Significado:
La Antigua Hacienda Lircay alcanza un significado para la región y por tanto para la Nación por ser un referente de la arquitectura de las haciendas, y testimonio del desarrollo social y económico de Cusco, de igual modo, por ser reconocida por los pobladores, quienes la consideran patrimonio propio.
Que, en ese sentido se advierte que, la Antigua Hacienda Lircay, ubicada en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco presenta características que demuestran su significado, importancia y valor cultural relevante, por lo que amerita proponer su declaración como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación para su conservación;
Que, mediante el Oficio Múltiple N° 000012-2024-DGPC-VMPCIC/MC, se pone en conocimiento la propuesta técnica de declaración como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de la Antigua Hacienda Lircay, ubicada en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, a la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, a la Municipalidad Distrital de Lucre, al Gobierno Regional de Cusco y a la Gerencia Regional de Educación de Cusco, sin que se haya presentado observaciones a la citada propuesta;
Que, con el Memorando N° 000267-2025-DGPI-VMI/MC, se remite el Informe N° 000011-2025-DCP-DGPI-VMI-CBS/MC de la Dirección de Consulta Previa, en el cual se ratifica lo indicado en el Informe N° 00007-2019-ICG/DCP/DGPI/VMI/MC, concluyendo que la propuesta de declaración como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de la Antigua Hacienda Lircay no implica afectaciones directas a los derechos colectivos de pueblos indígenas, por lo que no corresponde realizar un proceso de consulta previa;
Que, la Dirección General de Patrimonio Cultural mediante el Informe N° 000499-2024-DGPC-VMPCIC/MC y el Memorando N° 000554-2025-DGPC-VMPCIC/MC concuerda con el análisis realizado por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble a través de los Informes N° 000028-2024-DPHI-DGPC-VMPCIC-RFO/MC y N° 000047-2025-DPHI-DGPC-VMPCIC-FBU/MC, razón por la cual eleva la propuesta de declaración como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de la Antigua Hacienda Lircay, ubicada en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco;
Que, en ese contexto, habiéndose pronunciado favorablemente el órgano competente, resulta procedente la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación, advirtiéndose que los informes citados constituyen parte integrante de esta resolución y se adjuntan como anexos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DECLARAR monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al inmueble denominado "Antigua Hacienda Lircay", ubicado en el distrito de Lucre, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco.
Artículo 2.- Establecer que para ejecutar alguna obra o intervención al bien cultural inmueble, se debe considerar el mecanismo de autorización y supervisión dispuesto por el Ministerio de Cultura bajo responsabilidad a que hubiere lugar.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble iniciar los trámites para la inscripción en la Partida N° 02005136 de la Oficina Registral de Cusco, la condición de monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación del inmueble, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución a la Dirección General de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación, a la Dirección Regional de Educación de Cusco, al Gobierno Regional de Cusco, a la Municipalidad Provincial de Quispicanchis y a la Municipalidad Distrital de Lucre.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano", así como en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), en este último caso, conjuntamente con la propuesta técnica, la Lámina DBI-01, la Ficha de Información Básica y sus anexos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MOIRA ROSA NOVOA SILVA
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
[El Peruano: 21/06/2025]
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