
Aprueban primera Transferencia Financiera del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos" a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000092-2025-TR
Jesús María, 20 de junio del 2025
VISTOS: el Oficio N° 000395-2025-MTPE/3/24.2 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos"; el Memorándum N° 001067-2025-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Memorándum N° 000754-2025-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y la Hoja de Elevación N° 000567-2025-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 019-2020-TR, se aprueba la fusión por absorción del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" al Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", pasando a denominarse Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos", teniendo este último la calidad de entidad absorbente;
Que, la citada norma establece que el Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos" tiene por objeto fortalecer y mejorar la empleabilidad de las personas de 15 años a más, con énfasis en la población juvenil, en situación de pobreza, pobreza extrema y/o vulnerabilidad sociolaboral, a través de la capacitación laboral, promoción del autoempleo productivo y certificación de las competencias laborales, que responda a la demanda laboral;
Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 019-2020-TR, establece que el Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos" ejerce las siguientes funciones: "a) Brindar capacitación laboral en sus distintas modalidades: presencial, no presencial o semipresencial, orientada al fortalecimiento de las competencias laborales para la población en situación de pobreza extrema, pobreza y/o vulnerabilidad sociolaboral; b) Desarrollar acciones para la certificación de las competencias laborales; c) Desarrollar acciones de promoción para el autoempleo productivo a través de capacitación, asistencia técnica y acompañamiento para los beneficiarios; d) Ejecutar acciones de acercamiento empresarial focalizado y acompañamiento especializado a los beneficiarios del Programa, orientadas a su inserción en el mercado laboral; e) Supervisar, monitorear y evaluar los resultados del programa en coordinación con los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo";
Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos", aprobado mediante Resolución Ministerial N° 095-2024-TR, modificado mediante Resolución Ministerial N° 010-2025-TR, dispone que el citado Programa tiene por finalidad fortalecer y mejorar la empleabilidad de las personas de 15 años a más, con énfasis en la población juvenil, en situación de pobreza extrema, pobreza y/o vulnerabilidad sociolaboral;
Que, el artículo 4 del acotado Manual, señala que el Programa tiene entre sus funciones generales: "a) Brindar capacitación laboral en sus distintas modalidades: presencial, no presencial o semipresencial, orientada al fortalecimiento de las competencias laborales para la población en situación de pobreza extrema, pobreza y/o vulnerabilidad sociolaboral; b) Desarrollar acciones para la certificación de las competencias laborales; c) Desarrollar acciones de promoción para el autoempleo productivo a través de capacitación, asistencia técnica y acompañamiento para las y los beneficiarios (...)";
Que, el literal w) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, entre otras, las transferencias financieras que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales el Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos" suscriba convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; estableciendo el numeral 13.2 del citado artículo, que dichas transferencias financieras autorizadas, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, el literal e) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos", señala que, la Dirección Ejecutiva tiene, entre otras funciones, celebrar convenios con entidades públicas nacionales o extranjeras, así como con personas naturales o jurídicas;
Que, a través de la Resolución Directoral N° 000024-2025-MTPE/3/24.2, se aprueba el Protocolo N° 001-2025-MTPE/PNEJP/UTO "Protocolo para la selección de modalidad de prestación de servicio y selección de entidades de capacitación y centros de certificación de competencias laborales" el cual se constituye en un documento que regula el procedimiento para la selección de la modalidad de prestación del servicio y selección de entidades de capacitación y centros de Certificación de Competencias Laborales; y tiene por finalidad transparentar y garantizar la prestación de los servicios de capacitación y/o certificación de competencias laborales en beneficio de la población objetivo y cumplimiento de la meta física institucional del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos";
Que, con fecha 12 de junio de 2025, el Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos" suscribe el Convenio N° 003-2025-MTPE/PNEJP, Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el citado Programa y la Universidad Nacional de Ingeniería con la finalidad de afianzar una alianza estratégica entre las partes, buscando impactar favorablemente en el cumplimiento de sus objetivos y metas, y a través de mecanismos de coordinación y colaboración interinstitucional que promuevan la mejora de empleabilidad de las personas de 15 años a más, con énfasis en la población juvenil, en situación de pobreza, pobreza extrema y/o vulnerabilidad sociolaboral, a través del "Servicio de elaboración de Instrumentos de Capacitación y Desarrollo de Instrumentos de Evaluación para la Capacitación Laboral en la Modalidad Dual con Modalidad Formativa, Dual con Inserción Directa, Dual con Modalidad Formativa para PCD y Capacitación Regular con Inserción Directa, para los beneficiarios del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos" en las empresas Nettalco, Texgroup, Precotex, Cofaco, Nestlé y Bimbo", y, contando para tal efecto, con el apoyo de la Universidad Nacional de Ingeniería, de acuerdo a sus competencias;
Que, mediante Oficio N° 000395-2025-MTPE/3/24.2, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos" solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe el desembolso de la primera Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, en el marco del Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 003-2025-MTPE/PNEJP, por el monto ascendente a S/ 369 000,00 (TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 SOLES), que corresponde al 60% del monto total del citado convenio; ello, con la finalidad de realizar el "Servicio de elaboración de Instrumentos de Capacitación y Desarrollo de Instrumentos de Evaluación para la Capacitación Laboral en la Modalidad Dual con Modalidad Formativa, Dual con Inserción Directa, Dual con Modalidad Formativa para PCD y Capacitación Regular con Inserción Directa, para los beneficiarios del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos" en las empresas Nettalco, Texgroup, Precotex, Cofaco, Nestlé y Bimbo", para un total de ciento cincuenta (150) beneficiarios del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos", en la región de Lima; para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes que sustentan dicha transferencia;
Que, mediante Memorándum N° 000754-2025-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 000320-2025-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto, que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante la Hoja de Elevación N° 000567-2025-MTPE/4/8 hace suyo el Informe N° 000051-2025-MTPE/4/8-IGF que contiene la opinión legal favorable sobre la emisión del acto de administración solicitado;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos", de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y la Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia financiera
Aprobar la primera Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos", hasta por la suma de S/ 369 000,00 (TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL Y 00/100 SOLES), que corresponde al 60% del monto total del financiamiento del Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 003-2025-MTPE/PNEJP, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, con quien se ha suscrito el citado Convenio de Colaboración Interinstitucional con el objeto de financiar la ejecución de los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2025 del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos", Categoría Programa Presupuestal 0116 "Mejoramiento de la Empleabilidad e Inserción Laboral PROEMPLEO", Producto: "3000576 Personas con Competencias Laborales para el Empleo Dependiente Formal en Ocupaciones Básicas", Actividad: "5006246 Fortalecimiento de Capacidades Laborales para la Empleabilidad de la Población en edad de Trabajar", Categoría Gasto: 5. Gasto Corriente, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos públicos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Seguimiento
Disponer que el Programa Nacional de Empleo "Jóvenes Productivos", realice la supervisión, seguimiento, control, monitoreo y verificación del cumplimiento de los fines y metas para los cuales se transfieren los recursos. En caso de detectar el incumplimiento de las obligaciones que corresponden a la Entidad de Capacitación, dispondrá las acciones establecidas en el respectivo convenio y en el marco legal vigente.
Artículo 5.- Publicación
Disponer que la presente resolución y su Anexo se publiquen en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el diario oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
[El Peruano: 21/06/2025]
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