
Decisión del TC beneficia a mafias con patrimonio anterior a 2018
La sentencia del TC señala que la extinción de dominio solo podrá aplicarse a bienes adquiridos ilícitamente después de la entrada en vigencia de la norma, lo que excluye automáticamente procesos iniciados contra patrimonios sospechosos consolidados antes del 2018, aun si estos no fueron adquiridos con recursos lícitos.Para expertos como el exprocurador Antonio Maldonado, el fallo "perpetúa la impunidad sobre fortunas ilegales acumuladas por el crimen organizado, incluyendo casos emblemáticos como los de narcotraficantes, exfuncionarios corruptos y testaferros".
El Ministerio Público, que había promovido más de 1,000 procesos de extinción de dominio desde la entrada en vigencia de la norma, ha preferido no pronunciarse oficialmente. Sin embargo, fuentes fiscales indican que varios casos en curso deberán ser archivados o replanteados, lo que diluye uno de los pocos instrumentos eficaces con los que contaba el Estado para atacar el poder económico del crimen.
Flor Pablo: "El TC se ha puesto del lado de las mafias"
Una de las voces políticas más críticas fue la de la congresista Flor Pablo Medina. A través de sus redes sociales, acusó al Tribunal Constitucional de favorecer intereses mafiosos y el TC, brazo político del Congreso junto a la Defensoría del Pueblo, se han puesto del lado de las mafias al eliminar la extinción de dominio para bienes ilícitos adquiridos antes de 2018. La propiedad privada se respeta, pero no la comprada con dinero ilícito", señaló:El @TC_Peru y la @Defensoria_Peru se han puesto del lado de las mafias al eliminar la extinción de dominio para bienes ilícitos adquiridos antes de 2018. La propiedad privada se respeta, pero no la comprada con dinero ilícito.
- Flor Pablo Medina 🇵🇪 (@FlorPabloMedina) July 31, 2025
En junio presenté el PL 11443, que busca despojar a...
Pablo Medina también informó que en junio presentó el Proyecto de Ley N° 11443, que busca restituir el carácter retroactivo de la norma y garantizar que ningún delincuente conserve propiedades obtenidas ilegalmente. Exigió a la nueva Mesa Directiva del Congreso que lo agende con urgencia para su debate en el Pleno:
"La nueva Mesa Directiva debe dar señales claras de que prioriza la lucha contra la corrupción".
¿Retroceso jurídico o corrección constitucional?
Desde el ámbito constitucionalista, algunos juristas como Aníbal Quiroga han sostenido que la extinción de dominio, al implicar pérdida de propiedad sin sentencia penal previa, no puede aplicarse de forma retroactiva sin vulnerar principios básicos del derecho. Esta postura coincide con el razonamiento central del fallo del TC.No obstante, organizaciones como Proética y el Consejo Nacional de Ética Pública advirtieron que, al margen del debate jurídico, el mensaje político es "desalentador", pues deja sin herramientas al Estado frente a bienes ilícitos adquiridos durante décadas de corrupción e impunidad.
Una herramienta menos en la lucha contra el crimen organizado
La extinción de dominio fue considerada un avance en el sistema legal peruano, ya que permitía al Estado incautar bienes sospechosos sin necesidad de una sentencia penal, bajo el estándar de prueba de "alta probabilidad". Esta figura se utilizó en varios países de la región con relativo éxito, especialmente en Colombia, donde ha sido clave en el desmantelamiento de estructuras narco.Ahora, con el alcance de la ley reducido a hechos posteriores a 2018, los beneficios del crimen parecen asegurados. Organizaciones criminales que amasaron fortunas antes de esa fecha, incluidos exfuncionarios corruptos y redes de lavado de activos, conservarán su patrimonio sin mayor riesgo.
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