
Aprueban el Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 009-2026-P/TC
Lima, 29 de enero de 2026
VISTA
La comunicación de la Secretaría General de fecha 26 de enero de 2026; y,
CONSIDERANDO
Que, la Ley 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático y al servicio del ciudadano;
Que, el artículo 2 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y el artículo 4 del Reglamento Normativo le confieren al Tribunal Constitucional la facultad de dictar reglamentos para su propio funcionamiento;
Que, de conformidad con el inciso i) del artículo 8 del Reglamento de Organización de Funciones, aprobado mediante la Resolución Administrativa 151-2025-P/TC, el Pleno tiene como una de sus funciones [a]probar el Reglamento Normativo y las demás normas de su competencia para el funcionamiento del Pleno, de las Salas y, en general, del Tribunal Constitucional, presentados por el presidente;
Que, mediante comunicación electrónica del 15 de enero de 2026, el secretario relator por encargo de la presidenta del Tribunal Constitucional pone en conocimiento del Pleno el documento denominado Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional, elaborado de forma conjunta por la Secretaría Relatoría, Gabinete de Asesores Jurisdiccionales y la Secretaría General;
Que, el secretario general informa que en la sesión de fecha 22 de enero de 2026, el Pleno del Tribunal Constitucional acuerda aprobar el Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional y dispone su vigencia a los 30 días posteriores a su publicación en el diario oficial El Peruano;
Que, dicho documento tiene por objeto regular los aspectos relacionados a la notificación de las distintas resoluciones y actos procesales que le corresponde realizar al Tribunal Constitucional en todos los procesos constitucionales que son de su competencia, como la: i) Apertura de casillas electrónicas, ii) Notificación de resolución y demás actos procesales;
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo que formaliza la aprobación del Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional;
En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional, que forma parte integrante de la presente resolución como Anexo.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional (www.tc.gob.pe).
Artículo Tercero.- El Reglamento del Sistema de Notificaciones Jurisdiccionales del Tribunal Constitucional, entrará en vigencia a los 30 días de efectuada la publicación en el diario oficial El Peruano.
Artículo Cuarto.- COMUNICAR la presente resolución a la vicepresidencia, los señores magistrados, Secretaría General, Dirección General de Administración, Oficina General de Asesoría Jurídica; y, al Órgano de Control Institucional, para los fines de ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUZ I. PACHECO ZERGA
Presidenta
Tribunal Constitucional
NOTA: El Tribunal Constitucional del Perú precisa que el anexo de la norma se podrá visualizar en el portal institucional (www.tc.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
[El Peruano: 01/02/2026]




Comentar esta noticia