R. M. N° 059-2026-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica denominada «Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el Año Fiscal 2026»



R. M. N° 059-2026-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica denominada «Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el Año Fiscal 2026»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el Año Fiscal 2026”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2026-MINEDU


Lima, 30 de enero de 2026

VISTOS: los documentos que conforman el Expediente Nº MPD2026-EXT-087812, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación (Minedu) es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal i) del artículo 80 de la referida Ley establece como función del Minedu, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;

Que, el literal b) del numeral 73.1 del artículo 73 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza al Ministerio de Educación a financiar durante el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, bajo el mecanismo previsto en el numeral 73.2 del citado artículo, el acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, hasta por la suma de S/ 5 208 210,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), los que consideran hasta por la suma de S/ 208 210,00 (DOSCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica, conforme a la focalización que apruebe el Ministerio de Educación;

Que, el numeral 73.2 del artículo 73 de la citada Ley Nº 32513, dispone que los montos para los fines señalados en el numeral 73.1, son desembolsados de manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del personal responsable designado de la institución educativa pública, según corresponda, de acuerdo con las disposiciones establecidas mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación; dichos montos son desembolsados de manera directa, a excepción de los montos destinados para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica;

Que, asimismo el numeral 73.3 del artículo 73 de la citada Ley Nº 32513, establece que mediante resolución del titular del pliego, hasta el 30 de enero de 2026, el Ministerio de Educación aprueba las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el citado artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas, utilización de los recursos, y de devolución ante la no utilización de los recursos, así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en los numerales 73.1 y 73.2 del citado artículo;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, se crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (Pronied), el cual tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de educación básica y de educación superior pedagógica, tecnológica y técnico-productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país;

Que, el artículo 32 del Manual de Operaciones del Pronied, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU, establece que la Unidad Gerencial de Mantenimiento es responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación) de los locales escolares en todos los niveles y modalidades de la educación básica y de la educación superior pedagógica, tecnológica y técnico-productiva;

Que, mediante el Oficio Nº 000086-2026-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE, la Dirección Ejecutiva del Pronied remite el Informe Nº 00001-2026-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento, el cual cuenta con la conformidad de la Dirección General de Infraestructura Educativa, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; así como el Informe Nº 000019-2026-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 000060-2026-MINEDU-VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, a través de los cuales sustenta y propone la aprobación de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el Año Fiscal 2026”; precisando que el financiamiento del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, asciende a la suma de S/ 5 208 210,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES);

Que, con el Memorándum Nº 00060-2026-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto remite y encuentra conforme el Informe Nº 00103-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, a través del cual la Unidad de Planificación y Presupuesto emite opinión favorable respecto de la propuesta de Norma Técnica, por cuanto dicha propuesta se alinea con los objetivos estratégicos del Sector Educación y existen recursos asignados en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2026, para financiar la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el año 2026, hasta por un monto de S/ 5 208 210,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES);

Que, mediante el Informe Nº 000138-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la aprobación de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el Año Fiscal 2026”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, Decreto Supremo que crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa; y, el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el Año Fiscal 2026”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Jorge Eduardo Figueroa Guzmán
Ministro de Educación

[El Peruano: 31/01/2026]


¡Únete a nuestro canal en Whatsapp para recibir Noticias Actualizadas!
https://whatsapp.com/channel/educacionenred



Con la tecnología de Blogger.