
Aprueban el procedimiento para la consolidación de la información del Catastro Fiscal
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 145-2026-EF/15
Lima, 27 de marzo del 2026
RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONSOLIDACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL CATASTRO FISCAL
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones, tiene por objeto establecer las características y usos del Catastro Fiscal, así como dictar las medidas que permitan el diseño, consolidación, mantenimiento y actualización de la información del Catastro Fiscal para la valorización de predios a nivel nacional;
Que, el artículo 3 del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio de Economía y Finanzas es la entidad responsable de establecer las normas, metodologías, procedimientos, técnicas e instrumentos, aprobados por Resolución Ministerial, que regulan el diseño, la consolidación, mantenimiento y actualización de la información del Catastro Fiscal para la valorización de predios;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 226-2023-EF, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, el cual tiene por objeto desarrollar las características y usos del Catastro Fiscal, así como las medidas que permitan el diseño, consolidación, mantenimiento y actualización de la información catastral fiscal para la valorización de los predios a nivel nacional.
Que, el artículo 5 del citado Reglamento, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1557, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal (DGPMACDF), es responsable de elaborar y proponer las Directivas necesarias para el funcionamiento del Catastro Fiscal, así como las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen su consolidación, mantenimiento y actualización;
Que, el numeral 20.3 del artículo 20 del citado Reglamento establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la DGPMACDF, es responsable de la consolidación del Catastro Fiscal y, realiza las acciones necesarias que se requieran para tales efectos;
Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar un procedimiento que regule la consolidación de la información del Catastro Fiscal lo que permitirá integrar y estandarizar la información de trascendencia fiscal relacionada con predios urbanos y rurales, proveniente de los Gobiernos Locales y de otras entidades que generen o administren registros de predios o información fiscal relacionada a estos;
Que, asimismo, a fin de optimizar la interoperabilidad de la información de trascendencia fiscal con otras entidades públicas que administran información predial, así como simplificar la entrega de información por parte de los Gobiernos Locales mediante la adecuación de la estructura mínima requerida del Padrón Predial, resulta necesario modificar los Anexos 3 y 4 del Procedimiento para la Actualización de la información del Catastro Fiscal en los Gobiernos Locales, aprobado por Resolución Ministerial N° 011-2025-EF/15;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 226-2023-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobación
Se aprueban el “Procedimiento para la consolidación de la información del Catastro Fiscal” y sus Anexos, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2. Modificación
Se modifican los Anexos 3 y 4 del Procedimiento para la Actualización de la información del Catastro Fiscal, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 011-2025-EF/15, conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3. Publicación
Se publican la presente Resolución Ministerial, el Procedimiento aprobado en el artículo 1 y el Anexo 1 señalado en el artículo 2, en el diario oficial El Peruano, así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO ACUÑA NAMIHAS
Ministro de Economía y Finanzas
[El Peruano: 30/03/2026]




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