
La decisión fue anunciada por la jueza suprema Norma Carvajal Chávez, quien precisó que la sentencia responde al proceso penal iniciado tras las declaraciones emitidas por el parlamentario, en las que calificó a la exfiscal con términos cuestionados durante su gestión al frente del Ministerio Público.
Detalles de la condena impuesta
El fallo establece que la pena privativa de libertad será suspendida por el plazo de un año, periodo en el cual Fernando Rospigliosi deberá cumplir una serie de reglas de conducta fijadas por el órgano jurisdiccional. Entre ellas, se incluye la obligación de no variar de domicilio sin autorización judicial y no ausentarse de la ciudad sin previo aviso.Asimismo, el legislador deberá presentarse cada 60 días ante la oficina de registro y control biométrico correspondiente, portar su documento de identidad y justificar sus actividades ante las autoridades judiciales. También se le exige no incurrir en nuevos delitos dolosos durante el periodo de suspensión.
Pago de reparación civil y sanción económica
Como parte de la sentencia, el Poder Judicial ordenó el pago de una reparación civil ascendente a 200 mil soles a favor de Delia Espinoza Valenzuela. A ello se suma la imposición de 100 días multa, monto que deberá ser cancelado en favor del Estado en la etapa de ejecución de la sentencia.La resolución también incluye el pago de costas procesales derivadas del proceso judicial. Estos elementos forman parte de las medidas adoptadas tras acreditarse la responsabilidad penal del congresista en el delito contra el honor.
Proceso judicial y adelanto de fallo
El adelanto de fallo fue leído en audiencia pública, mientras que la sentencia íntegra será dada a conocer el próximo 15 del presente mes a las 15:00 horas, conforme al cronograma establecido por el juzgado supremo.El proceso se originó a partir de la denuncia interpuesta por la exfiscal, quien cuestionó las expresiones vertidas por Fernando Rospigliosi durante su desempeño como figura política, las cuales fueron consideradas como lesivas a su honor y reputación.
De acuerdo con el fallo, se le declara autor del delito contra el honor en la modalidad de difamación agravada, tipificado en el artículo 132 del Código Penal. La sentencia detalla que las expresiones atribuidas al congresista excedieron los límites de la libertad de expresión.
El caso se mantiene en seguimiento a la espera de la lectura completa de la sentencia, en la que se precisarán los fundamentos jurídicos y alcances de la decisión adoptada por el Poder Judicial.




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