
Disponen fechas de inicio y término del SERUMS 2026-I para profesionales de la salud que adjudiquen plaza remunerada y plaza equivalente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 379-2026/MINSA
Lima, 13 de abril del 2026
Visto; el Expediente N° DIGEP-DIPLAN20260000329, que contiene el Informe N° D000006-2026-DIGEP-DIPLAN-MCS-MINSA de la Dirección de Planificación del Personal de la Salud de la Dirección General de Personal de la Salud y el Informe N° D000375-2026-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 7) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y funciones del Ministerio de Salud, establece que es ámbito de competencia del Ministerio de Salud los Recursos Humanos en Salud; asimismo, el literal h) del artículo 5 del citado Decreto Legislativo, modificado por el Decreto Legislativo N° 1504, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales de salud, la gestión de los recursos del sector, así como el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS, establece que el SERUMS será prestado por los profesionales de las ciencias de la salud que obtengan su título a partir de la vigencia de la citada Ley, siendo este servicio requisito indispensable para ocupar cargos en entidades públicas, ingresar a los programas de segunda especialización profesional y recibir del Estado beca u otra ayuda equivalente para estudios o perfeccionamiento;
Que, el artículo 114 y literal k) del artículo 115 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificatorias, establece que la Dirección General de Personal de la Salud es un órgano de línea que depende del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, competente para proponer y monitorear la planificación, gestión y desarrollo del personal de la salud a nivel sectorial; y tiene entre sus funciones, conducir el desarrollo del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, así como realizar su seguimiento y monitoreo;
Que, el artículo 39 del Reglamento de la Ley N° 23330, Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, aprobado por Decreto Supremo N° 005-97-SA y modificatorias, dispone que el inicio de la prestación del SERUMS será el 1 de mayo para el primer proceso y el 1 de octubre para el segundo proceso de cada año, teniendo una duración máxima de doce (12) meses calendario. Asimismo, el referido artículo establece que el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial, podrá modificar la fecha de inicio y término de la prestación del SERUMS;
Que, mediante el Informe N° D000006-2026-DIGEP-DIPLAN-MCS-MINSA, la Dirección de Planificación del Personal de la Salud de la Dirección General de Personal de la Salud justifica la necesidad de establecer la fecha de inicio y término del proceso SERUMS 2026-I, para las modalidades remunerado y equivalente;
Con el visado de la Dirección General de Personal de la Salud, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Viceministerio de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161 y modificatorias, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Decreto Supremo N° 008-2017-SA y modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Decreto Supremo N° 005-97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud-SERUMS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer como fecha de inicio del SERUMS 2026-I, para los profesionales de la salud que adjudiquen una plaza remunerada el 06 de mayo de 2026 y la fecha de término el 30 de abril de 2027. Para los profesionales de la salud que adjudican una plaza equivalente la fecha de inicio es el 26 de mayo de 2026 y la fecha de término el 30 de abril de 2027.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO
Ministro de Salud
[El Peruano: 15/04/2026]




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