
Ordenanza que aprueba el Plan Específico: "Equipamiento Educativo UCV"
ORDENANZA N° 2722
LA REGIDORA METROPOLITANA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADA DEL DESPACHO
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 24 de abril de 2025; en uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura mediante Dictamen N° 46-2025-MML/CMDUVN; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;
Ha dado la ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN ESPECÍFICO:
"EQUIPAMIENTO EDUCATIVO UCV"
Artículo 1.- Aprobar el Plan Específico: "EQUIPAMIENTO EDUCATIVO UCV" como parte del Área de Tratamiento Normativo II, ubicado en el distrito de Cercado de Lima, sobre un ámbito de 17,640.00 m2, el cual se da como instrumento de planificación urbana complementaria, que permita los procesos de reurbanización y de edificación de un equipamiento educativo, con ajuste a la Zonificación E3, aprobada por la Ordenanza N° 2671, la que, conforme a sus artículos 2 y 3 establece el marco vial y la integración al plan específico aprobado por Ordenanza N° 2490 conforme a la norma técnica TH.060 del Reglamento Nacional de Edificaciones; de acuerdo con el gráfico que, como Anexo N° 1, forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- Aprobar el REGLAMENTO DE ZONIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO del Plan Específico: "Equipamiento Educativo UCV", conforme al Anexo N° 2 que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 3.- Adicionalmente al Reglamento de Zonificación de los Usos del Suelo, para la habilitación urbana y edificación, el administrado deberá cumplir con lo siguiente:
• Estudios de impacto ambiental: Evaluación de calidad del aire, ruido y residuos sólidos con medidas de mitigación.
• Estudio de riesgos a escala local: Evaluación sísmica, geotécnica y de peligros antrópicos (EVAR).
• Estudio de impacto vial y movilidad urbana: Integración con la red de transporte público y desarrollo de infraestructura vial complementaria. El estudio definirá los componentes viales de la sección de 16.80 ml. correspondiente a la prolongación del jirón Huancavelica, vía a ubicarse en la parte posterior al predio de propiedad de la Universidad César Vallejo S.A.C., parte del derecho de vía en el tramo del presente plan específico se encuentra involucrado el predio de 17,640.00 m2 de propiedad de la Universidad César Vallejo.
• Retiro: de 30.00 ml. desde el límite de propiedad de los predios vecinos más cercanos hasta la edificación más próxima en el predio educativo, mientras persista la actividad industrial en el entorno, con el fin de salvaguardar la vida de la futura población estudiantil.
Artículo 4.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación la incorporación de lo dispuesto en la presente ordenanza, en el plano de zonificación del distrito de Cercado de Lima, aprobado por Ordenanza N° 893.
Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la notificación de la presente ordenanza a la administrada, así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 6.- Encargar a la Oficina de Gobierno Digital, la publicación de la presente ordenanza, incluidos sus anexos, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.gob.pe.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veinticuatro días de abril del dos mil veinticinco.
FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO
Regidora Metropolitana
[El Peruano: 01/05/2025]
Comentar esta noticia