R. M. N° 244-2025-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica denominada «Disposiciones que regulan la gestión de los servicios y procesos académicos en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas»



R. M. N° 244-2025-MINEDU.- Aprueban la Norma Técnica denominada «Disposiciones que regulan la gestión de los servicios y procesos académicos en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas»
MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan la gestión de los servicios y procesos académicos en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas"

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 244-2025-MINEDU


Lima, 6 de junio de 2025

VISTOS, el Expediente Nº DIFOID2024-INT-0819009, los Informes Nº 01374-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDDDIFOID, Nº 00200-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y Nº 00603-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, los Informes Nº 02550-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y Nº 00933-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, los Informes Nº 00297-2025-MINEDU/SG-OGAJ y Nº 00778-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes (en adelante, Ley Nº 30512), el Ministerio de Educación establece los lineamientos académicos generales para todos los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU (en adelante, Reglamento) establece que los lineamientos académicos generales orientan y regulan la gestión pedagógica en los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior, buscando garantizar una formación que responda a las políticas educativas nacionales y regionales, así como a las necesidades, tendencias y desafíos, actuales y futuros, del sector educativo, productivo y del desarrollo local, regional y nacional, en todas las modalidades y enfoques, con pertinencia cultural, según corresponda;

Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 30512 dispone que los lineamientos académicos generales contienen los aspectos referidos a la organización y desarrollo de los programas de estudios, enfoques, componentes y orientaciones para la gestión del currículo, perfil de egreso del estudiante, créditos académicos, modalidades para la prestación del servicio, las orientaciones pedagógicas, así como los aspectos referidos a la admisión, matrícula, certificación, titulación, traslado, convalidación, evaluación, licencia de estudios, reincorporación, entre otros procesos de la gestión académica; con excepción del desarrollo de los procesos de admisión para el caso de la Escuela de Educación Superior Pedagógica, que en el marco de lo establecido en el artículo 14 de la Ley Nº 30512, se regula en los lineamientos para el proceso de admisión respectivo;

Que, bajo dicho marco normativo, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes Nº 01374-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, Nº 00200-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y Nº 00603-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, elaborados por la Dirección de Formación Inicial Docente, dependiente de la referida Dirección General, a través de los cuales se propone y sustenta la necesidad de (i) aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan la gestión de los servicios y procesos académicos en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas"; (ii) disponer que, la citada Norma Técnica entra en vigencia a partir del inicio del periodo académico 2025 II; y (iii) establecer que, en tanto entre en vigencia la Norma Técnica, se continúa aplicando lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 441-2019-MINEDU, que aprueba los "Lineamientos Académicos Generales para las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas";

Que, mediante los Informes Nº 02550-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y Informe Nº 00933-2025-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta señalando que, desde el punto de vista de planificación, se encuentra concordante con los instrumentos de planificación estratégica institucional y sectorial del sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, para el Año Fiscal 2025 y los subsiguientes, no irrogará gastos adicionales a los programados en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, ni al Tesoro Público; toda vez que, el desarrollo de las actividades establecidas en dicho documento normativo estará sujeto a la disponibilidad presupuestal del Pliego 010: M. de Educación, bajo la responsabilidad de los órganos involucrados en su ejecución;

Que, con los Informes Nº 00297-2025-MINEDU/SG-OGAJ y Nº 00778-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;

De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; el Reglamento de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan la gestión de los servicios y procesos académicos en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas", la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que, la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan la gestión de los servicios y procesos académicos en las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas" aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, entra en vigencia a partir del inicio del periodo académico 2025 II.

Artículo 3.- Establecer que, en tanto entre en vigencia la Norma Técnica aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, se continúa aplicando lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 441-2019-MINEDU, que aprueba los "Lineamientos Académicos Generales para las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas".

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el diario oficial "El Peruano" y en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Ministro de Educación

[El Peruano: 08/06/2025]


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