RES. N° 009-2025-PCM/SDOT.- Aprueban los «Lineamientos para el análisis de leyes de naturaleza demarcatoria, fuentes complementarias y fuentes secundarias»



RES. N° 009-2025-PCM/SDOT.- Aprueban los «Lineamientos para el análisis de leyes de naturaleza demarcatoria, fuentes complementarias y fuentes secundarias»
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Aprueban los "Lineamientos para el análisis de leyes de naturaleza demarcatoria, fuentes complementarias y fuentes secundarias"

RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE DEMARCACIÓN Y ORGANIZACIÓN TERRITORIAL N° 009-2025-PCM/SDOT


Miraflores, 16 de junio de 2025

Visto el Informe N° D000242-2025-PCM-SSATDOT de la Subsecretaría de Asuntos Técnicos de Demarcación y Organización Territorial de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial (SDOT), ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Demarcación Territorial, el cual tiene como finalidad lograr una organización racional del territorio y el saneamiento de límites, con competencia para normar el tratamiento de las acciones de demarcación territorial; asimismo, el numeral 8.1 del artículo 8 del reglamento de dicha ley, aprobado con el Decreto Supremo N° 191-2020-PCM, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la SDOT, en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Demarcación Territorial, es la autoridad técnico normativa a nivel nacional en la materia;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del reglamento de la Ley N° 27795 establece que la SDOT aprueba las disposiciones técnicas (lineamientos, pautas técnicas, criterios vinculantes, entre otros) aplicables al tratamiento de las acciones de demarcación territorial;

Que, el literal b) del artículo 114 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, establece que es función de la SDOT proponer o aprobar, según corresponda, resoluciones, normas, directivas, lineamientos, protocolos y demás disposiciones en materia de demarcación territorial;

Que, asimismo, el literal d) del artículo 117 del Texto Integrado del ROF de la Presidencia del Consejo de Ministros señala que es función de la Subsecretaría de Asuntos Técnicos de Demarcación y Organización Territorial formular y proponer normas, directivas, lineamientos, protocolos, metodologías y demás disposiciones en materia de demarcación territorial;

Que, la Subsecretaría de Asuntos Técnicos de Demarcación y Organización Territorial, mediante el Informe N° D000242-2025-PCM-SSATDOT de fecha 11 de junio de 2025, señala que en el tratamiento de las acciones de demarcación territorial, la identificación de los límites y tramos saneados se sustenta en la revisión de leyes de naturaleza demarcatoria, sin embargo, a la fecha no se cuenta con un instrumento normativo que regule los criterios que deben seguirse al momento de analizar dichas leyes; situación que genera que al momento de identificar un límite o tramo a partir de la información de las leyes se tengan distintas interpretaciones respecto al recorrido del límite o tramo;

Que, a partir de lo señalado en el considerando precedente, la Subsecretaría de Asuntos Técnicos de Demarcación y Organización Territorial sustenta y propone la aprobación de los "Lineamientos para el análisis de leyes de naturaleza demarcatoria, fuentes complementarias y fuentes secundarias", a fin de estandarizar criterios para (i) la identificación clara e inequívoca de límites y tramos saneados a partir del análisis de leyes de naturaleza demarcatoria y (ii) el análisis de las fuentes complementarias y fuentes secundarias establecidas en los numerales 10.2, 10.3 y 10.4 del artículo 10 del reglamento de la Ley N° 27795;

Que, de acuerdo a lo expuesto, corresponde aprobar los "Lineamientos para el análisis de leyes de naturaleza demarcatoria, fuentes complementarias y fuentes secundarias", propuestos por la Subsecretaría de Asuntos Técnicos de Demarcación y Organización Territorial;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 191-2020-PCM; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado con la Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación


Aprobar los "Lineamientos para el análisis de leyes de naturaleza demarcatoria, fuentes complementarias y fuentes secundarias", que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Publicación

La presente resolución es publicada en el Diario Oficial El Peruano y su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) el mismo día de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AUGUSTO MENDOZA CASTILLO
Secretario de Demarcación y Organización Territorial

[El Peruano: 19/06/2025]


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