D. S. N° 007-2026-EF.- Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada



D. S. N° 007-2026-EF.- Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada

DECRETO SUPREMO Nº 007-2026-EF


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Octogésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a su presupuesto institucional, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, hasta por la suma de S/ 425 251 078,00 (CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en el marco de lo establecido en la Décima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32441, Ley que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, para el financiamiento de las inversiones con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2408189 “CONSTRUCCIÓN DEL ANILLO VIAL PERIFÉRICO DE LA CIUDAD DE LIMA Y CALLAO” y Nº 2397504 “MEJORAMIENTO FERROCARRIL HUANCAYO - HUANCAVELICA CENTRO POBLADO DE CHILCA - DISTRITO DE CHILCA - PROVINCIA DE HUANCAYO - REGIÓN JUNIN, CENTRO POBLADO DE HUANCAVELICA - DISTRITO DE HUANCAVELICA - PROVINCIA DE HUANCAVELICA - REGIÓN HUANCAVELICA”; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a solicitud de este último;

Que, mediante el Oficio Nº 0168-2026-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 425 251 078,00 (CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, para el financiamiento de la ejecución de las inversiones con CUI Nº 2408189 y Nº 2397504, de conformidad con lo dispuesto en la Octogésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513; adjuntando, para tal efecto, el Informe Nº 0014-2026-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio con los sustentos correspondientes; y, el Oficio Nº 0031-2026-EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0031-2026-EF/63.04 de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas con la opinión técnica favorable de las citadas inversiones;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 425 251 078,00 (CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Octogésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 425 251 078,00 (CUATROCIENTOS VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, para el financiamiento de las inversiones con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2408189 y Nº 2397504, en el marco de lo establecido en la Octogésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del costo, tiempo e inseguridad en el sistema de transporte
PROYECTO 2408189 : Construcción del Anillo Vial Periférico de la ciudad de Lima y Callao
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 393 208 284,00
PROYECTO 2397504 : Mejoramiento Ferrocarril Huancayo - Huancavelica Centro Poblado de Chilca - distrito de Chilca - provincia de Huancayo - Región Junín, centro poblado de Huancavelica - distrito de Huancavelica - provincia de Huancavelica - región Huancavelica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 32 042 794,00
============
TOTAL EGRESOS 425 251 078,00
============
A LA En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 055 : Agencia de Promoción de la Inversión Privada
UNIDAD EJECUTORA 001 : Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del costo, tiempo e inseguridad en el sistema de transporte
PROYECTO 2408189 : Construcción del Anillo Vial Periférico de la ciudad de Lima y Callao
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 393 208 284,00
PROYECTO 2397504 : Mejoramiento Ferrocarril Huancayo - Huancavelica Centro Poblado de Chilca - distrito de Chilca - provincia de Huancayo - Región Junín, centro poblado de Huancavelica - distrito de Huancavelica - provincia de Huancavelica - región Huancavelica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 32 042 794,00
============
TOTAL EGRESOS 425 251 078,00
============

Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil veintiséis.

JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ
Presidente de la República

WALTER ELEODORO MARTÍNEZ LAURA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
Encargado del despacho del Ministerio de Economía y Finanzas

ALDO MARTÍN PRIETO BARRERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones

[El Peruano: 29/01/2026]


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