
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al bien cultural mueble denominado "Virgen Inmaculada Concepción"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000115-2025-VMPCIC/MC
San Borja, 16 de mayo del 2025
VISTOS; el Informe N° 000143-2025-DGM-VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos; la Hoja de Elevación Nº 000283-2025-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública estando protegidos por el Estado;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que se entiende por bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación material o inmaterial relacionada o con incidencia en el quehacer humano, que por su importancia, significado y valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico, artístico, militar, social, simbólico, antropológico, vernacular o tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental o bibliográfico sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, a través del artículo IV del Título Preliminar de la precitada norma, se declara de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los bienes relacionados con la historia, en el ámbito científico, técnico, militar, social y biográfico y otros objetos que sean declarados como tales o sobre los que exista la presunción legal de serlos;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el literal a) del artículo 14 de la norma, concordante con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura - ROF, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 del ROF, la Dirección General de Museos tiene a su cargo la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, corresponde a la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles de la Dirección General de Museos, de acuerdo con el numeral 70.3 del artículo 70 del ROF, mantener actualizado el Registro nacional de bienes culturales muebles con la información del patrimonio cultural mueble a cargo de los museos y pertenecientes a colecciones privadas y públicas, lo cual conlleva la prerrogativa para evaluar y emitir opinión en relación a la naturaleza de Patrimonio Cultural de la Nación de los bienes que podrían integrar dicho registro;
Que, mediante correo electrónico de fecha 28 de marzo de 2025, la señora Virginia Marion Astrid Atala Vivanco, propietaria del bien mueble, comunica su conformidad al inicio de oficio del procedimiento para la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de la pintura denominada "Virgen Inmaculada Concepción";
Que, a través del Informe N° 000143-2025-DGM-VMPCIC/MC, la Dirección General de Museos remite el Informe N° 000095-2025-DRBM-DGM-VMPCIC/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles que, con sustento en el análisis contenido en el Informe N° 000022-2024-DRBM-DGM-VMPCIC-MFR/MC, emite opinión técnica favorable para declarar Patrimonio Cultural de la Nación al bien mueble de propiedad de la señora Virginia Marion Astrid Atala Vivanco;
Que, el bien mueble denominado "Virgen Inmaculada Concepción", conformado por una pintura anónima del siglo XVIII, reúne valor, importancia y significado histórico-artístico dentro del Patrimonio Cultural de la Nación, dado que se identifica, dentro del desarrollo de la pintura del barroco sur andino y se relaciona con la programática religiosa de la evangelización de la fe católica por medio de imágenes religiosas, que se desarrolló durante el virreinato. La imagen forma parte del testimonio tangible del fuerte arraigo católico de nuestra sociedad que se constituye como parte de nuestra historia e identidad;
Que, el valor histórico radica en el hecho de que la pintura de posible pertenencia sur andina del siglo XVIII, de carácter anónimo y con representación de carácter religioso, relacionada con la Virgen María, presenta una relación directa con la programática religiosa que se desarrolla durante el virreinato. La figura de la virgen María como imagen venerada se reprodujo y se desplazó con facilidad por todo el territorio por su aceptación sagrada y milagrosa;
Que, el valor artístico se manifiesta en que la pintura presenta calidad artística, tanto en su desarrollo formal como estilístico. Está elaborada en óleos sobre tela, que expresan las características de su tratamiento; en el rostro y manos, en los colores de sus ropajes, así como el fondo, además de los detalles decorativos. La pintura se encuentra regularmente conservada, observándose pequeños craquelados y fisura propios del paso del tiempo; así como parches, re entelado y reintegración cromática;
Que, el valor social radica en que la pintura con la representación iconográfica de la Virgen María se encuentra vinculada a la devoción mariana, que se ha mantenido desde el virreinato, la misma que ha formado la identidad religiosa de la población católica, la que se evidencia, principalmente, por sus festividades dedicadas a la virgen;
Que, habiendo emitido opinión favorable los órganos técnicos competentes, resulta procedente declarar Patrimonio Cultural de la Nación el bien cultural mueble descrito; advirtiéndose que los informes técnicos citados constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos de la Dirección General de Museos y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al bien cultural mueble denominado "Virgen Inmaculada Concepción", de propiedad de la señora Virginia Marion Astrid Atala Vivanco que se describe en el anexo de esta resolución.
Artículo 2.- Notificar esta resolución a la señora Virginia Marion Astrid Atala Vivanco y ponerla en conocimiento de la Dirección General de Museos.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano". La resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MOIRA ROSA NOVOA SILVA
Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
[El Peruano: 21/05/2025]
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