R. J. N° 000109-2025/JNAC/RENIEC.- Autorizan incorporación del acervo documentario registral de las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, de las Oficinas de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Pativilca y la Municipalidad Distrital de Castilla, en los departamentos de Lima y Piura



R. J. N° 000109-2025/JNAC/RENIEC.- Autorizan incorporación del acervo documentario registral de las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, de las Oficinas de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Pativilca y la Municipalidad Distrital de Castilla, en los departamentos de Lima y Piura
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

Autorizan incorporación del acervo documentario registral de las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, de las Oficinas de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Pativilca y la Municipalidad Distrital de Castilla, en los departamentos de Lima y Piura

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000109-2025/JNAC/RENIEC


Lima, 19 de junio de 2025

VISTOS:

La Hoja de Elevación N° 000471-2025/OPPM/UP/RENIEC (30ABR2025), de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 000283-2025/DRC/SDTN/RENIEC (13JUN2025) de la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles y la Hoja de Elevación N° 000147-2025/DRC/RENIEC (16JUN2025) de la Dirección de Registros Civiles; y,

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican la capacidad y estado civil;

Que la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil (OREC), pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM;

Que mediante la Resolución Jefatural N° 000023-96-JEF (03ABR1996), se delegó a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que mediante la Resolución Jefatural N° 021-2012/JNAC/RENIEC de fecha 26ENE2012, se revocó las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) del artículo 44° de la Ley N° 26497, conferidas a la Oficina de Registro del Estado Civil que funcionaba en la Municipalidad Distrital de Castilla, provincia y departamento de Piura, la misma que se hizo efectiva a partir del día lunes 30 de enero del 2012, por lo que las inscripciones que se lleven a cabo desde la citada fecha serán de exclusiva competencia del RENIEC;

Que mediante la Resolución Jefatural N° 253-2013/JNAC/RENIEC de fecha 07AGO2013, se revocó las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) salvo la facultad de inscribir el reconocimiento de existencia de las personas, respecto del acervo que conservan y el literal o) salvo la facultad de anotar marginal o textualmente el acta de archivamiento respectiva, del artículo 44° de la Ley N° 26497, conferidas a las Oficinas de Registro del Estado Civil que funcionaban en las Municipalidades Distritales de Paramonga, Pativilca, Supe y Supe Puerto, Provincia de Barranca, Departamento de Lima, la misma que se hizo efectiva a partir del día viernes 09 de agosto del 2013, por lo que las inscripciones que se lleven a cabo desde la cita fecha serán de exclusiva competencia del RENIEC;

Que mediante la Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC y de acuerdo a lo señalado en su artículo 41° la Dirección de Registros Civiles es el órgano de línea técnico normativo del Sistema Registral Civil - SRC, encargado de dar lineamientos, evaluar, supervisar y gestionar las acciones relacionadas con las Oficinas del Sistema Registral Civil para su funcionamiento; así como conducir el proceso de delegación de funciones registrales emitiendo las resoluciones y proyectos de Resolución Jefatural en materia de su competencia;

Que asimismo, el artículo 102° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC, establece que la Sub Dirección Técnico Normativa es la unidad orgánica de la Dirección de Registros Civiles encargada de formular políticas, lineamientos e instrumentos procedimentales en materia de registros civiles, para orientar el desarrollo de la función de las unidades del Sistema Registral, brindando asesoramiento a sus órganos conformantes; señala también que esta unidad controla, coordina y supervisa la integración a la institución, del acervo documentario registral de las Oficinas autorizadas; en este sentido, el literal m) del artículo 103° establece entre sus funciones gestionar la incorporación o transferencia el acervo documentario de Registros Civiles - RRCC al RENIEC, proveniente de las Oficinas Autorizadas que conforman el Sistema Registral Civil, con la finalidad de que las actas registrales se encuentren integradas en la base de datos del RENIEC;

Que mediante la Resolución Secretarial N° 000042-2025/SGEN/RENIEC (19MAR2025), se aprobó la Guía de Procedimientos GP-040-DRC/SDTN/007 "Integración del Acervo Documentario Registral de las Oficinas Autorizadas" - primera versión, la cual establece los lineamientos y acciones a seguir para coordinar, supervisar y controlar los procedimientos de Revocatoria Parcial, Revocatoria Total (Incorporación de acervo documentario) de las Oficinas de Registros del Estado Civil (OREC) y la Transferencia de Acervo Documentario de las OREC y las Oficinas Registrales Consulares (ORC) con Actividades Registrales Automatizadas;

Que mediante el Decreto Supremo N° 038-2025-EF se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 80 000 000,00 (OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), para financiar los gastos preliminares 2025 de las Elecciones Generales 2026, Elecciones Regionales y Municipales 2026 y las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados 2026, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con lo dispuesto en el literal c) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17° de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025;

Que en ese sentido, mediante el informe de vistos, la Sub Dirección Técnico Normativa propone incorporar el acervo documentario de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y sus respectivos títulos archivados, de dos (02) Oficinas de Registros del Estado Civil (OREC), señalando que ello permitirá que los ciudadanos que realizaron registros en dicha oficina, puedan obtener copia certificada de sus actas en cualquier Oficina Registral del RENIEC a nivel nacional, potenciando de esta forma el Sistema de Registros Civiles del RENIEC; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Registros Civiles de acuerdo al siguiente detalle:

DESCARGAR ANEXO: (.PDF)

Que mediante la Hoja de Elevación N° 000471-2025/OPPM/UP/RENIEC (30ABR2025), la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, aprueba la habilitación presupuestal para realizar el inventario e incorporación del acervo documentario registral de las OREC de las Municipalidades Distritales antes indicadas;

Que la Sub Dirección Técnico Normativa en ejercicio de sus funciones, estará encargada de realizar las coordinaciones y acciones pertinentes con la autoridad de las Municipalidades a efectos de suscribir las actas de transferencias entre los funcionarios de la municipalidad y del RENIEC para la inmediata entrega del acervo documentario registral;

Que atendiendo a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación del acervo documentario de las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y sus respectivos títulos archivados, de dos (02) OREC señaladas precedentemente; así como la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera;

Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC; el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y lo dispuesto por el literal a) del numeral 9.1 del artículo 9° del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS (30AGO2024);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR
la incorporación del acervo documentario registral de las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivos títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de las Oficinas de Registros del Estado Civil de las siguientes Municipalidades Distritales; la cual se hará efectiva conforme se detalla a continuación:

DESCARGAR ANEXO: (.PDF)

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles, realizar las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de las Municipalidades detalladas en el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural; a efectos de suscribir las actas de transferencia entre los funcionarios de la municipalidad y del RENIEC para la inmediata entrega del acervo documentario registral relativo a las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, sus respectivos títulos archivados, así como la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Registros Civiles y a la Dirección de Servicios Registrales la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones y Prensa la difusión de la presente Resolución Jefatural

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario Oficial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe

Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional

[El Peruano: 20/06/2025]



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